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Lo que debe saber de la licencia menstrual en Colombia: hablan expertos en derecho y medicina de la Universidad del Rosario

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En días pasados, los representantes Pedro Suárez y María Fernanda Carrascal presentaron un proyecto de ley con el objetivo de crear la licencia menstrual en Colombia, la cual busca que las personas con condiciones menstruales tengan derecho a la salud pública y puedan beneficiarse de un día de descanso cada 26 días.

De ser aprobada la licencia menstrual en el país, el empleador podría otorgar una licencia remunerada por un periodo más largo siempre y cuando la persona menstruante presente un certificado médico que justifique esta necesidad.

La propuesta fue construida con base en las estadísticas actuales del país en materia de enfermedades y condiciones, tanto físicas, como psicológicas, relacionadas con la menstruación y los ovarios. Este proyecto, promueve la sensibilización y la ejecución de acciones en pro de los derechos menstruales.

Para la doctora Lina Céspedes Báez, profesora de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, este proyecto de ley ha generado controversias, ya que, particularmente se ha dicho que la licencia menstrual puede reforzar estereotipos de género e incluso refuerza la idea de que las mujeres son costosas y que tienen una tendencia más alta al ausentismo laboral.  “Considero que estas críticas deben ser abordadas de manera seria. Por ejemplo, se debe especificar quién va a asumir los costos de la licencia menstrual y también se debe tener muy claro como el Ministerio del Trabajo no solo va a ser su labor de inspección, vigilancia y control, sino también como va a evitar que esta distancia menstrual se convierta en una herramienta de discriminación en contra de un grupo poblacional particular, por ejemplo, las mujeres”.

Por su parte, el doctor Leonardo Gómez Polania, profesor de la Escuela de Medicina y Ciencias de la Salud de la Universidad del Rosario, y, jefe de Salud Sexual y Reproductiva del Hospital Universitario Méderi, se permite aclarar que, “la dismenorrea se define como la presencia de dolores menstruales de origen uterino y representan una de las causas más comunes de dolor pélvico, generan gran morbilidad en mujeres de edad reproductiva, y resulta, en una importante pérdida de productividad y calidad de vida”.

El doctor Gómez Polania señala que la dismenorrea se ha clasificado en:

Dismenorrea primaria, la cual hace referencia a la presencia de dolor pélvico recurrente asociado a la menstruación, en ausencia de patología pélvica subyacente. Usualmente inicia en la adolescencia, ocurre cerca del inicio o durante la menstruación, y, tiene un claro patrón temporal. Puede acompañarse de síntomas sistémicos como náuseas, vómitos, diarrea, fatiga e insomnio.

Dismenorrea secundaria, la cual hace referencia a la presencia de dolor pélvico que es causado por una patología orgánica, como la endometriosis, la adenomiosis, los fibromas y pólipos uterinos, o la enfermedad inflamatoria pélvica.

El Dr. Gómez Polania a su vez, comenta que, “el principal objetivo del tratamiento de la dismenorrea es la reducción del dolor y los síntomas asociados, así como mejorar la funcionalidad de las pacientes y disminuir los días de productividad perdidos en trabajo, estudio o actividades extracurriculares. Se debe iniciar de forma empírica el tratamiento con anti inflamatorios no esteroideos, tratamiento hormonal y medios locales como calor, ejercicio, y suplementos dietarios. Y, por supuesto, realizar seguimiento con el medico ginecólogo”.

Por otra parte, la profesora Lina Céspedes resalta que la licencia menstrual puede convertirse en una herramienta adecuada para enfrentar los tabúes que rodean la menstruación y también puede ser una iniciativa que propicie el diagnostico a tiempo de las enfermedades relacionadas con la menstruación y de esta manera, enfrentar de manera acertada los dolores e incomodidades que puede generar el ciclo menstrual. Para la experta en derecho y género de la Universidad del Rosario, la licencia menstrual debe estar enmarcada en políticas públicas integrales, así como en políticas empresariales. “La licencia como está planteada, debemos tener en cuenta que solo beneficia a una parte de la población y es la población que tiene un trabajo formal, de ahí que sea importante que exista una política pública integral también que llegue a las personas que no tienen trabajos formales. En conclusión, la licencia menstrual puede ser una herramienta poderosa, puede ser una herramienta efectiva para lograr los objetivos de deshacer tabúes para poder realmente proteger los derechos de las personas que enfrentan los ciclos menstruales, siempre y cuando estén enmarcadas en políticas públicas y empresariales integrales”.

El doctor Leonardo Gómez Polania concluye que, en términos generales, “lo fundamental es basarse en la recomendación y direccionamiento del médico tratante, quien, basado en un completo estudio, dictamine si se requiere generar la licencia menstrual, y, no buscarlo como una excusa para justificar el ausentismo laboral y/o escolar”.