Por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas.
La edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de 70 años. No se aplicará la norma a funcionarios de elección popular ni a los mencionados en el artículo 1° del Decreto-ley 3074 de 1968.