Práctica de la mutilación genital femenina alrededor de mundo: una realidad descarnada
Juan Sebastián Siachoque Jara
Juan Sebastián Siachoque Jara
ABSTRACT
La OMS define la mutilación genital femenina (MGF) como el conjunto de procedimientos consistentes en la resección parcial o total de los genitales externos femeninos, así como otras lesiones de los órganos genitales femeninos por motivos no médicos. Razones culturales y religiosas son empleadas para justificar esta práctica que desde sus orígenes tuvo como objetivo controlar la sexualidad femenina.1 pero sobre todo constituye una violación de los derechos humanos de las mujeres y niñas. Asimismo, viola los derechos a la salud, la seguridad y la integridad física, el derecho a no ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el derecho a la vida en los casos en que el procedimiento acaba produciendo la muerte. Aproximadamente cada seis minutos una menor de edad es víctima de la MGF en el mundo.
Se usan varias expresiones para describir la mutilación genital femenina MGF, “mutilación genital femenina”, “ablación genital femenina”, “circuncisión femenina”, “escisión”, “mutilación sexual”, “corte genital femenino” en inglés - pero no todas tienen el mismo sentido ni las mismas connotaciones e implicaciones, y por lo tanto conviene hacer algunas aclaraciones.
En 1990, con ocasión de la III conferencia del Comité Interafricano sobre las prácticas tradicionales que afectan a la salud de las mujeres y los niños (IAC), se adoptó la expresión “mutilación genital femenina”, y se invitó a los estados a abandonar los términos “circuncisión femenina” y “escisión” por ser confusos y no describir toda la variedad de prácticas existentes. Igualmente, la Organización Mundial de la Salud recomendó a la Organización de las Naciones Unidas que adoptara esa terminología, y desde entonces es la que suele ser utilizada en el ámbito internacional. 2
“La antropología cultural estudia la figura extra o suprabiológica del individuo, modelada por las fuerzas de la colectividad cultural a la cual pertenece” Ramon Sarró, profesor de antropología social de la Universidad de Oxford, «El hombre enfermo». Gran parte de las observaciones antropológicas, a partir de las cuales se pretende construir un sistema de interpretación del ser humano basado en el estudio de sus caracteres y culturas, hacen referencia a hechos directamente relacionados con la sexualidad de la mujer.
Para entrar en materia con los hechos históricos de la práctica de la mutilación genital tenemos que saber que su origen es impreciso, pero se trata de una práctica muy antigua, anterior a toda religión monoteísta. En el antiguo Máshrek, antiguo Egipto hace unos 4000 años, queda evidenciada por el hallazgo en algunas momias encontradas con este tipo de intervención realizada, el procedimiento se fue extendiendo por las sociedades tribales de muchos países africanos como práctica religiosa o étnica. Antes de la colonización, África constaba de una multitud de grupos étnicos que tenían su propia autonomía y soberanía, y por lo tanto sus propias normas. Como resultado de la colonización hubo el establecimiento de estados-naciones soberanas cuyo objetivo era alcanzar cierta unidad y homogeneidad nacional, pero cuyas fronteras no correspondían a esas realidades étnicas. Por ello para los africanos, mantener las costumbres y prácticas tradicionales propias del grupo étnico al que pertenecen es una manera de preservar su identidad cultural. Es más, esas costumbres y prácticas tradicionales ancestrales tienen un peso tan importante para ellos que tienen valor de ley. El respeto de las prácticas tradicionales se debe también a las características de las relaciones interpersonales en el seno de una comunidad. En algunas etnias, la MGF representa la purificación. Otros grupos creen que las mujeres nacen endemoniadas y les cortan el clítoris para extirparles “el mal”. La mujer por lo tanto en estas comunidades ancestrales está determinada por su valor marital y reproductivo meramente sobre los cuales hay que ejercer control. Las etnias que practican la MGF también creen que las mujeres que no están mutiladas son sucias, y se les prohíbe la manipulación del agua y de los alimentos.
Las comunidades étnicas africanas y en general las comunidades indígenas del mundo son comunidades holísticas en las cuales lo comunitario prevalece sobre lo individual, lo que significa que la comunidad prevalece sobre el individuo. El individuo depende totalmente de la comunidad a la que pertenece: el individuo no puede existir por sí sólo, sino de forma corporativa. La comunidad hace, crea o produce al individuo, el cual depende de todo el grupo3. Sin embargo este colectivismo atañe ciertas dificultades. Por un lado, conlleva a un concepto distinto de los derechos humanos, que hace hincapié en valores colectivos y según el cual los derechos del individuo están sujetos a los de la comunidad y tienen deberes correspondientes4. Por otro lado, significa que no cumplir con las normas de la comunidad es cometer una ofensa contra la comunidad. Por otra parte, la armonía de la comunidad se mantiene a través de las funciones que desempeñan sus miembros. En la mayor parte de los casos, la MGF es realizada por circuncisores tradicionales que suelen tener otras funciones importantes en sus comunidades, tales como la asistencia al parto, y para ellos es un deber y un compromiso con la raza el hecho de realizar este procedimiento. En el caso puntual de Colombia, el único país americano donde se ha registrado esta práctica, la comunidad indígena Embera-Chamí ha perpetuado con naturalidad durante siglos la ablación de clítoris entre sus mujeres.
Fuente: De Original source Afrol News - Fgm map.svg, CC BY-SA 4.0
Se sabe que la MGF se practica en 27 países de África y en Yemen, especialmente en las regiones orientales, nororientales y occidentales; en algunos países de Asia y el Oriente Medio; en inmigrantes provenientes de estos países dondequiera que vivan, incluidos Australia, Canadá, los Estados Unidos, Europa y Nueva Zelandia; y en unos pocos grupos de población en América Central y del Sur. En los 28 países de África y el Oriente Medio sobre los cuales se dispone de datos, la prevalencia nacional entre las mujeres de 15 o más años de edad varía entre 0,6% (Uganda, 2006) y 97,9% (Somalia, 2006). 5
Hay algunas características regionales en la prevalencia de la mutilación genital femenina. Según las encuestas de demografía y salud realizadas durante el período de 1989-2002, en África nororiental (Egipto, Eritrea, Etiopía y norte de Sudán) se calculó que la prevalencia oscilaba entre 80% y 97%, mientras que en África oriental (Kenya y la República Unida de Tanzanía) se estimó que la prevalencia oscilaba entre 18 y 38%6. Los niveles educativos de la madre y el padre estaban inversamente relacionados con la MGF (P < 0,001). La edad media en el momento de la MGF es de 10,1 ± 2,3 años7.
A comienzos del año 2007 se conoció en el país la noticia de que a unas 8.000 mujeres de la etnia Embera, de Risaralda y el Norte del Valle, se les practicó la ablación del clítoris. El detonante del tremendo hallazgo fue el fallecimiento de una menor indígena ocasionado por una infección provocada por este procedimiento en el hospital de Pueblo Rico, Risaralda, donde viven unos 25.000 emberas. Esta muerte puso al país, y al continente, en el mapa de la mutilación genital femenina, que se pensaba existía únicamente en África y Asia, permitiendo así que el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) determinara al país como el único en Latinoamérica donde aún se realiza la mutilación genital.8
Existen varios tipos de MGF según la amplitud de la extirpación. La OMS elaboró, en colaboración con UNICEF, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Fondo de Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM)1, una clasificación de los distintos tipos con sus respectivas subdivisiones:
Entre sus complicaciones inmediatas se encuentran el dolor intenso, choque, hemorragia, tétanos, sepsis, retención de orina, llagas abiertas en la región genital y lesiones de los tejidos genitales vecinos.
Las consecuencias a largo plazo pueden consistir en:
La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en 2008 una resolución unánime (WHA61.16) que prohíbe la práctica de la mutilación genital femenina. Esta fue aprobada por los 194 Estados Miembros de la ONU, y se adoptaron otras cinco resoluciones en la Asamblea General sobre los derechos de las mujeres, incluyendo una resolución sobre la intensificación de los esfuerzos mundiales para acabar con esta “costumbre”. También exige una atención especial , protección y asistencia a las mujeres y niñas que ya han sido víctimas de estas mutilaciones, y las que corren el riesgo de serlo, incluyendo a las mujeres refugiadas e inmigrantes. Además, se acordó que solicitarán que el 6 de febrero sea declarado Día Internacional de la Tolerancia Cero contra la Mutilación Genital Femenina. Pese a los esfuerzos internacionales de condenar la práctica de la MGF en el mundo, en Colombia la jurisdicción especial indígena consagrada en la Constitución tiene sus limitaciones en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, pues los indígenas son reconocidos como sujetos especiales de derechos lo cual permite de alguna u otra manera que pudieran ejercer su propia cultura y creencias dentro del territorio dejándolos mantener su autonomía dentro del país, como bien lo proclama la Constitución política de 1991 Título I: De los principios fundamentales, Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana9. La ONIC (Organización Nacional Indígena de Colombia) manifestó la defensa de esta práctica, argumentando que “se trata de una conducta correspondiente a una práctica ancestral del pueblo Embera Chamí, dentro de su cosmovisión propia”. La ONIC insistió en la defensa del derecho a la autonomía étnica que tienen los pueblos indígenas, y afirmaban que la ablación del clítoris es una práctica cultural ancestral, algo sagrado dentro de la comunidad Embera.10
El Artículo 246 de la Constitución Política dicta que: “Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. La ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional”. Esto quiere decir que dentro el raciocinio sinuoso de la jurisprudencia nacional hay mecanismos de integración de los ordenamientos jurídicos indígenas dentro del contexto del ordenamiento nacional. En la misma sentencia C-139/96 la corte constitucional también expresa: “Los derechos fundamentales constitucionales constituyen el mínimo obligatorio de convivencia para todos los particulares”. Es decir, la constitución nacional reconoce la diversidad étnica y cultural, pero por otro lado existe también la consagración de unos derechos fundamentales como la vida y la integridad de la persona.
La MGF es reconocida internacionalmente como una violación de los derechos humanos de las mujeres y niñas. Refleja una desigualdad entre los sexos muy arraigada, y constituye una forma extrema de discriminación de la mujer. Es practicada casi siempre en menores y constituye una violación a los derechos del niño. Asimismo, viola los derechos de la salud, la seguridad y la integridad física, el derecho a no ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el derecho a la vida en los casos en que el procedimiento acaba produciendo la muerte. La OMS no ha demostrado beneficio alguno de la práctica de ablación del clítoris bajo ninguna circunstancia. Adicionalmente la Federación Internacional de Ginecólogos y Obstetras (FIGO) en un comunicado de Estrategia mundial para detención de la realización de la mutilación genital femenina en el año 2010 en conjunto con la UNICEF explicó que la ablación genera además del riesgo de muerte, complicaciones inmediatas que incluyen dolor agudo, shock, hemorragia, tétanos, septicemia, retención de orina, ulceración de la región genital y lesiones adyacentes al tejido genital. Igualmente existe evidencia de que a largo plazo genera mayor riesgo de morbilidad materna, recurrentes infecciones y reacciones adversas a nivel psicológico y sexual.3
Uno se puede aproximar a ese mundo con madurez, con crítica y humanidad, con hechos reales, con un pensamiento nuevo que busque diferir entre la complejidad de culturas indígenas y las prácticas que sobrepasan los límites de los derechos humanos independientemente de las razones culturales que se aduzcan para ello, con esto me refiero justamente a los métodos ancestrales como la ablación genital, el cepo, las torturas, entre otros. Para garantizar la armonía y la convivencia entre las diferentes culturas en un mismo espacio, debe aceptarse un consenso de valores que delimite los derechos que emanan de una diversidad cultural que en principio no tiene límites pero que es menester que se vayan trazando.
Los valores que tienen consenso en nuestra humanidad actual son todos aquellos que tienen que ver con la democracia, la secularidad y los derechos humanos individuales. La puesta en práctica del multiculturalismo o multietnicismo dan como resultado la cohabitación simultánea de los derechos fundamentales con las prácticas culturales. ¿Hasta cuándo terminaremos con este tipo de violaciones hacia las mujeres? Pese a que la gran mayoría de legislaciones en países en vía de desarrollo prohíben esta práctica, para lograr este objetivo de una sociedad multiétnica todavía falta mucho trabajo por hacer. Ya que como se evidenció anteriormente la causa principal de este delito está arraigado a la cultura, es necesario empezar el cambio desde las propias comunidades.
BIBLIOGRAFÍA