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Enviado por elquispacheco el Mar, 08/11/2022 - 22:02

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El art. 4 de la Ley 1412 de 2010 exige que para acceder a la anticoncepción quirúrgica se debe presentar una solicitud por escrito. Los demandantes consideran que este vulnera los artículos 2º, 13, 16 y 23 de la Constitución. Ya que este impone un trato discriminatorio injustificado para personas en condición de analfabetismo y/o discapacidad y no hay justificación constitucional, que además termina afectando su derecho al libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la petición.
 
En su intervención, el GAP solicitó que se declarara la constitucionalidad del artículo demandado. Pues bajo los principios de integridad y coherencia en el razonamiento, la ley ofrece diferentes alternativas para que las personas con algún tipo de discapacidad o limitación pueda expresar su consentimiento. Es el caso de los artículos 5 y 6 que hacen referencia al consentimiento informado para personas en condición de discapacidad mental, dando alternativas a la población que los demandantes alegan excluida. Por otra parte, el GAP argumentó que la solicitud por escrito es una garantía de conocimiento para el paciente frente a los procedimientos que le serán realizados.
 
Finalmente, la Corte, analizando el proceso legislativo que dio origen a la ley 1412 de 2010 exaltó la importancia del consentimiento informado, que en este tipo de situaciones debe ser cualificado, es decir, se debe tener garantía de que la persona recibió toda la información pertinente con profundidad y suficiencia. En este tipo de situaciones el consentimiento por escrito constituye una garantía esencial de entendimiento ante una intervención médica altamente invasiva. Además si bien el derecho de petición es la forma que tiene el ciudadano para acercarse a la administración y puede ser presentado mediante cualquier medio, esto no impide que el Legislador pueda imponer ciertos requisitos excepcionales para los trámites que así lo ameriten, debido a la importancia de tener una garantía de conocimiento informado y cualificado en este tipo de situaciones.

Intervenciones
Sentencia de C-405-16