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Por medio de la cual se modifica temporal y parcialmente la destinación de un porcentaje de los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Ampleo y Protección al Cesante, definida en el artículo 6° de la Ley 1636 de 2013; y se faculta a las cajas de

El objeto de la presente ley es modificar temporalmente la financiación del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), y habilitar a las Cajas de Compensación Familiar para que puedan usar parte de estos recursos para el saneamiento de pasivos en salud y/o el cumplimiento de las condiciones financieras aplicables a las EPS.

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