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Los Achaguas del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario

Eliécer Mauricio Tovar Gutiérrez Estudiante de Historia y Artes Liberales en Ciencias Sociales.>Edición: Ingrid Frederick Obregón

Fray Cristobal de Torres y Motones Gaspar de Figueroa

En 1634, Fray Cristóbal de Torres y Motones fue designado como Arzobispo Metropolitano de la ciudad de Santafé capital del Nuevo Reino de Granada. Fray Cristóbal formaba parte de la Orden de Predicadores (O.P.) también conocida como Orden de Santo Domingo de Guzmán. Además, a lo largo de su vida eclesiástica ocupó cargos de suma importancia. Se desempeñó como Predicador Real de Felipe III de España quien al ser miembro de la Casa de Austria y descendiente de la dinastía Habsburgo ocupó el trono desde 1598 hasta 1621. De la misma forma, fue confesor de uno de los hombres más poderosos de la monarquía hispánica. Se trató de Francisco de Sandoval y Rojas, I Duque de Lerma quien llegó a obtener la dignidad de Cardenal de la Iglesia Católica en 1618.

Fray Cristóbal tenía una posición privilegiada ya que la monarquía española se encontraba ligada al ejercicio político de la Iglesia Católica. Además, gozaba de la protección de la nobleza lo que le acarreaba innumerables beneficios en el marco de una sociedad estamental del Antiguo Régimen. Ahora bien, el 21 de abril de 1635, El Rey Felipe IV expidió el Título de Arzobispo de Santafé en el que dictaminó que la Real Audiencia debía realizar los preparativos necesarios para que Fray Cristóbal asumiera su nueva dignidad. En consecuencia, fue enviado al Nuevo Mundo para ejercer el Arzobispado.

Ocupó este cargo por 19 años, periodo en el que introdujo cambios sustanciales en la sociedad neogranadina. Fray Cristóbal tuvo un papel relevante en el proceso de evangelización de los indígenas, pues instauró la comunión para dicho grupo y apoyó el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. Esto  llevó a que su arzobispado estuviera marcado por enfrentamientos “entre funcionarios reales y miembros del clero regular y secular [que] hicieron de algunos casos (…) un antecedente de nuevas formas de actuación misionera para la evangelización de los indígenas” (Mejía, Pilar y Otto, Danwerth 2020, p.4). Igualmente, en su paso por Santafé fundó en 1653 el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.

Posteriormente, en 1654 promulgó las Constituciones de dicha institución. Delimitó así un compendio de normas que, en sus palabras, permitirían el “buen gobierno” del Colegio Mayor. Ahora bien, las instituciones coloniales poseían una sólida relación con la agricultura y con el uso de la tierra. Por ello, Fray Cristóbal decidió donar diversas haciendas para el beneficio económico del Claustro, de sus estudiantes y del cuerpo profesoral. La idea era producir en las haciendas productos como carne, maíz y trigo con el objetivo de generar rentas para el Colegio Mayor y garantizar la alimentación de sus colegiales y catedráticos. Ahora bien, para que esto fuese posible era necesario contar con un grupo de personas dedicadas a trabajar en las haciendas y, los encargados de participar en ello fueron personas que pertenecían a grupos sociales explotados durante el periodo colonial.

Así pues, los trabajadores de las haciendas fueron, en su mayoría, indígenas y africanos esclavizados. Por supuesto, dada la naturaleza de los dos tipos de servidumbre es necesario separar la explotación hacia los indígenas realizada mediante la encomienda, el concierto y el alquiler de la explotación que fue el resultado del proceso de Esclavitud. En este sentido, en el presente trabajo, indagaré sobre la relación entre la fundación del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, sus haciendas y el uso de mano de obra indígena.

col1im3der Leyes Nuevas (1542)

En principio, la relación del Rosario con los indios se dio por la encomienda que fue un sistema de división del trabajo en el que, de manera unilateral, la Corona Española entregaba a los indios a un “encomendero” con la condición de que este garantizara su evangelización y su “protección”. En 1512, la naturaleza de esta protección fue definida por las Ordenanzas Reales Para el Buen Rendimiento y Tratamiento De los Indios. Así pues, las Leyes de Burgos dieron paso a una transformación, por lo menos en el papel, de la institución de la encomienda. Ahora bien, en 1542 se expidieron las Leyes Nuevas en las que Carlos I de España transformó la institución de la encomienda al punto de que, en muchos lugares, esta institución fue abolida y los pocos que lograron conservarla debían hacerlo con algunas modificaciones. Sin embargo, los cambios “en el uso de la mano de obra por parte de los encomenderos no sólo provinieron de las actuaciones administrativas de los oidores, sino de la disminución de los indios, que ya era alarmante a comienzos del siglo XVII” (Colmenares, 1998, p. 37).

Por lo mismo, es interesante que 100 años después de la expedición de las Leyes Nuevas (1545), una institución como el Colegio Mayor del Rosario obtuviera, por un breve lapso, el permiso de participar de la encomienda. En efecto, gracias a las Constituciones del Colegio Mayor sabemos que para 1654 estaba vigente el permiso de Don Juan Fernández de Córdoba y Coalla, presidente de la Real Audiencia de Santafé, en el que se establecía que el Rosario tenía la “facultad para tener Cien Achaguas, útiles, sin mujeres y niños, negocio de suprema importancia y de proporcionado agradecimiento” (Torres y Motones, Título I – Punto Segundo). Los Achaguas[1] provenían de los llanos Orientales y fueron llevados a la hacienda Calandayma para ser sometidos a tareas de servidumbre personales. Estos indígenas fueron llevados a las haciendas del Colegio Mayor gracias a las misiones religiosas en la cuenca de los ríos Casanare, Meta, Orinoco y Apure.

Sin embargo, el caso de los Achaguas es particular ya que fue enviado al Rey Felipe IV quien expide la Real resolución sobre la fundación del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y la facultad de reducir indios infieles en 1646. En dicho texto, el Rey manifestó su preocupación por la solicitud de Fray Cristóbal ya que

"conceder la facultad que pide para reducir Yndios infieles a su costa sin guerra ni violencia, y poblalos en las haciendas del Campo que tiene compradas que parece es asignallos a una especie de servidumbre que puede ser pernicioso y que está tan prohibido por diferentes cédulas mías.". (Felipe IV, 1646, f. 9-10)

col1im3der Felipe IV rey de España. Taller de los Figueroa

En este orden de ideas, el monarca solicitó al presidente de la Real Audiencia un informe sobre dicha encomienda para poder emitir un juicio al respecto. Es así como en 1655 llegó a la conclusión de que no era posible compaginar el ordenamiento jurídico vigente con la servidumbre de Achaguas en las haciendas de “tierras calientes” que eran propiedad del Colegio Mayor. En consecuencia, Felipe IV emitió una Cédula Real en la que ordenó “no permitir que se haga la agregación de los dichos indios y que si estuviere hecha se deshaga luego reduciéndolo al estado que antes tenia” (1655, f. 179). Es decir, dos años después de la fundación del Rosario y los indígenas encomendados fueron removidos por orden del monarca “entre otros asuntos, por contravenir las Nuevas Leyes, que ya no eran tan nuevas” (Luque, 2009, p. 106).
 

col1im3der Real resolución sobre la fundación del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y la facultad de reducir indios infieles

De allí que “el Colegio Mayor del Rosario debió entonces utilizar el “concierto” y ceñirse al cumplimiento de sus regulaciones administrativas al no poseer una base tributaria indígena de encomiendas” (Forero, 2014, p. 94). Es decir, como el Claustro no poseía la administración de una encomienda, promulgada desde tiempo atrás, tuvo que emplear otras figuras para continuar con la producción de sus haciendas.  En ese sentido, el concierto implicó un régimen en el que los trabajadores indígenas, libres o mestizos eran contratados por un tiempo determinado y obtenían una remuneración económica por su trabajo. Recapitulando,

“Tenemos entonces que la administración de las haciendas del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario se vuelve un objeto de estudio excepcional, debido a que se separa de las tendencias predominantes en las economías agrarias coloniales, representadas por las instituciones ya analizadas como la encomienda, y en particular con la administración religiosa de las haciendas”. (Forero, 2014, p. 76)

En otros términos, debemos tener en cuenta que el Colegio Mayor fue fundado con un marco normativo único en el Nuevo Mundo y su relación con la mano de obra indígena debe ser comprendida de manera particular. Así pues, el papel de los indígenas en el Rosario es interesante ya que, en contraposición con otras instituciones de educación de la época, la encomienda fue aplicada por un periodo relativamente corto. Lo anterior, se debe a que al establecer un sistema autónomo de gobierno y al desvincularse de una orden religiosa el Colegio del Rosario no poseía dicho beneficio que fue adquirido por los “encomenderos” tiempo atrás.
 

col1im3derAlegoría de la salvación de las ánimas del Purgatorio. Antonio Acero de la Cruz. Siglo XVII. Museo de la Universidad del Rosario

Igualmente, es importante considerar que, para analizar el proceso de administración de las haciendas y el uso de mano de obra indígena en el Colegio Mayor es condición necesaria historizar los procesos de dominación profundizando en los beneficios que los grupos privilegiados de la sociedad obtuvieron gracias al trabajo de los estamentos subyugados. Dicha reflexión, más allá de ser pertinente para un trabajo académico, implica nuevas condiciones de posibilidad en los procesos de creación de narrativas de la historia institucional, así como una revisión de las formas de presentación e interpretación patrimonial en ámbitos como el museo universitario.


Por ello, en el proceso de construir nuevas narrativas en la que los grupos relegados tengan un papel protagónico debemos reconocer que la historia del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario es también la historia de aquellos indígenas que fueron explotados. A fin de cuentas, en la lógica de lo propuesto por E.P. Thompson, estamos llamados combatir la enorme condescendencia de la posteridad.

 
Referencias
 
Bejarano, Jesús (1987) Ensayos de historia agraria colombiana. Bogotá:  Fondo Editorial CEREC.
Colmenares, Germán (1997) “La formación de la economía colonial (1550-1740)”. En Historia Económica de Colombia. Eds. Ocampo, José. Bogotá: Biblioteca Familiar Presidencia de la República.
Colmenares, Germán (1998) “La economía y la sociedad coloniales, 1550-1800”. En: Colmenares, Germán, Obra completa. Selección de textos. Cali: Universidad del Valle-Colciencias-Banco de la República.
Fajardo, Eduardo et al. (2003). Historia económica de las Haciendas del Colegio Mayor del Rosario 1700 – 1870. Centro de Investigaciones, Estudios y Consultoría - CEIC. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario.
Forero, Marco (2014). La renta agraria: la hacienda en el altiplano Cundiboyacense durante el siglo XVII. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia. Recuperado de: https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/52092
Luque, Santiago (2009) Historia del patrimonio rural y urbano del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Centro de Investigaciones, Estudios y Consultoría – CIEC. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario.
Mejía, Pilar y Otto, Danwerth (2020). Normatividades e instituciones eclesiásticas en el Nuevo Reino de Granada, siglos XVI–XIX. Heidelberg: Max Planck Institute for Legal History and Legal Theory. Recuperado de: https://library.oapen.org/bitstream/handle/20.500.12657/42713/gplh-13-9783944773247.pdf?sequence=1&isAllowed=y
 
Fuentes primarias
 
Torres y Motones, Fray Cristóbal de (1654) Constituciones para el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario (Manuscrito).  Bogotá: Archivo Histórico Universidad del Rosario (AHUR).  Recuperado de: http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/18743
Torres y Motones, Fray Cristóbal de (1649) Escritura de Fundación de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario en Calandaima. Bogotá: Archivo Histórico Universidad del Rosario (AHUR). Recuperado de: http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/14021
Felipe III, Rey de España (1616) Documento de limpieza de sangre y nombramiento como predicador real de Fray Cristóbal de Torres y Motones. Bogotá: AHUR. Recuperado de: https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/11989
Felipe IV, Rey de España (1635) Título de Arzobispo de Santafé. Bogotá: AHUR. Recuperado de: http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/11991
Felipe IV, Rey de España (1646) Real resolución sobre la fundación del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y la facultad de reducir indios infieles. Bogotá: AHUR Caja 1 f. 9-10. Recuperado de: http://cedulasreales.urosario.edu.co/paginas/cedulas-reales.html?cj=caja-1#folio-9-10
Felipe IV, Rey de España (1655). Cédula Real Felipe IV de España ordena a la Real Audiencia de Santafé no agregar a los indios Achaguas al Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Bogotá: AHUR. Caja 1 f. 179-181. Recuperado de: http://cedulasreales.urosario.edu.co/paginas/cedulas-reales.html?cj=caj…


 


[1] Achagua es el nombre de la etnia.