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La guerra desde la mirada femenina

Por:Amira Abultaif Kadamani

Foto:Ximena Serrano Milagro Castro, Alberto Sierra, Juan Ramírez DOI https://doi.org/10.12804/dvcn_10336.36049_num6

Aunque la guerra ha sido contada fundamentalmente por hombres, su verdad no es la única que debe ser reconocida por el derecho y la historia. La abogada Alma Beltrán y Puga exalta la necesidad de acoger las voces de las mujeres excombatientes en los organismos de justicia transicional.

Aunque las conjunciones XY y XX son determinantes para la genética, no lo son para la percepción de nosotros mismos, la vida en sociedad y la historia que se cuenta de ello. El relato masculino ha dominado por siglos esa historia, particularmente en la esfera pública, y ha relegado a los vericuetos de la memoria íntima o al ámbito estrictamente familiar o micro comunitario el recuento femenino de los hechos y las vivencias.

La guerra sí que ha sido el escenario natural de esa realidad y, para contrarrestarla, la abogada mexicana Alma Beltrán y Puga ha contribuido con sus investigaciones académicas al debate sobre las intersecciones y los desencuentros de la guerra, el derecho y el género.

Fruto de esa dedicación es su reciente publicación La guerra sí tiene rostro de mujer, un ensayo en el que ella –quien desde hace siete años es profesora de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario– analiza la obra de la escritora Svetlana Aleksiévich en su esfuerzo por contribuir a entender la narrativa de la guerra desde las experiencias de las mujeres. La célebre autora bielorrusa, ganadora del Premio Nobel de Literatura en 2015, entrevistó a decenas de mujeres soviéticas excombatientes de la Segunda Guerra Mundial y reunió sus recuerdos en la obra La guerra no tiene rostro de mujer (1983).

El trabajo de Beltrán y Puga hace parte del libro Abogados de ficción: libros que hablan del derecho y el derecho en la literatura, una recopilación de textos de académicas rosaristas cuyo objetivo es acercarse a la literatura para explorar cómo esta puede proponer herramientas que aporten a la comprensión de los fenómenos jurídicos. Las historias literarias evaluadas a la luz del derecho “sirven para ejemplificar conceptos o términos jurídicos o para indagar o problematizar cómo se relaciona lo jurídico con lo literario”, según se resume en el libro editado por Lina Céspedes y Ana María Ferreira.

En dicho marco de referencia surge esta entrevista con Beltrán y Puga, feminista e interesada en tender puentes entre el derecho transicional y las víctimas –específicamente mujeres y colectivos de género diverso–, cuyos relatos de guerra muchas veces terminan perdiendo sentido y humanidad cuando son traducidos por el derecho. De ahí las sinergias que podrían crearse entre el derecho y la literatura, en aras de lograr narraciones que no solo enriquezcan la impartición de justicia al aportar más elementos para tomar decisiones (como hechos agravantes y atenuantes), sino de entender situaciones que, aunque no estén tipificadas como delito, dan pie a abrir una discusión al respecto.

Divulgación Científica (DC): Para usted el género es una categoría útil para la justicia transicional. ¿Por qué?

Alma Beltrán y Puga (ABP): El género habla sobre los roles sociales que los hombres, las mujeres y las personas no binarias (incluido el colectivo LBGTIQ+) realizan. Son todos esos mandatos sociales que hay en la cultura y que perfilan las características y las actividades de lo que se entiende como “masculino” o “femenino”. Muchos de esos mandatos son normativos, estereotipos que se van introyectando no solo en la cultura sino en el derecho. Y el género es una categoría útil para analizar cómo esos roles se plasman en las narrativas de los organismos de justicia. La reflexión de Alexiévich es que la guerra contada por las mujeres excombatientes tiene una manera distinta de relatarse, y que en medio de esa tarea tan atroz también hay oficios diarios de supervivencia, paisajes y sentimientos que suelen esconderse en la historia oficial de los conflictos.

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"En América Latina existe la tendencia a que las normas deban ser específicas en sus contenidos, sobre todo las normas penales. Por esa razón, no solo existe el delito de violencia sexual sino también el feminicidio".

(DC): ¿El derecho se manifiesta de manera diferente con respecto al género?

(ABP): Sí porque es una forma de regular nuestras conductas sociales. Las leyes y los códigos prescriben la conducta humana. Por ejemplo, la definición de matrimonio en un código civil puede ser que es una unión afectiva entre un hombre y una mujer, pero ahí está excluyendo a las personas LGBTQI+. Cuando las normas empiezan a incluir cuestiones de género o roles sociales dentro de los mandatos normativos y prescriptivos tenemos problemáticas, porque las normas intentan regular la conducta general de una sociedad, y resulta que la sociedad es muy diversa. Entonces el derecho debe hacer mandatos generales que reconozcan las diferencias entre las personas y no refuercen la discriminación.

(DC): ¿Y al hacer una mirada de género no se caería justamente en ese sesgo?

(ABP): Podríamos pensar que más que un sesgo es una reivindicación de las historias no visibles de las mujeres en la guerra, que son las que no se cuentan porque el sesgo siempre ha sido masculino. Lo que pensamos como un “sesgo de género” realmente es un cuestionamiento de cómo ha habido una construcción masculina hegemónica de –en este caso– la guerra, entendida como un acto de valentía masculina donde hay batallas, héroes, personajes que se enfrentan en el combate, pero que pareciera que no pasan por experiencias de la vida cotidiana y que los hacen, precisamente, humanos. Pareciera que la guerra es solo una carnicería en donde los hombres terminan siendo los grandes personajes de la historia de la humanidad. Lo que intenta hacer el género es rescatar las historias invisibilizadas por esa narrativa oficial que retrata una cierta manera –masculina– de ver la guerra.

(DC): Entonces, ¿lo masculino representa un sesgo y lo femenino representa una reivindicación?

(ABP): Sí porque siempre ha sido contada una misma versión hegemónica, construida a partir de la mirada masculina, que es muy excluyente. Las mujeres también han participado como combatientes en la guerra o han sido víctimas de ella, pero sus historias generalmente no están presentes en la narrativa oficial.

(DC): ¿Cómo entiende el feminismo?

(ABP): Como una práctica y política que nos lleva a pensar cómo hacer un mundo más igualitario, y eso implica fomentar conversaciones incómodas centradas en la pregunta por la opresión. Es una manera de transformar esas visiones hegemónicas y excluyentes. El feminismo vendría primero a cuestionar y luego a proponer otras formas de ver el mundo. La idea es darnos cuenta justamente dónde están esos sesgos. En el caso de la guerra, es necesario que se integren los relatos femeninos de las víctimas y también de las mujeres excombatientes.

(DC): Los textos que abordan esos relatos tienden a centrarse en la violencia sexual. ¿A ella se circunscribe una narrativa de género?

(ABP): El texto que escribí se relaciona con la violencia sexual porque les ocurre de forma desproporcionada a las mujeres; es una de las principales manifestaciones de la violencia de género en los conflictos armados, quizás, la más narrada en los organismos de justicia transicional y la más documentada. De hecho, en el caso colombiano, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se está preguntando si debe abrir un macrocaso de violencia sexual. Pero no es el único crimen de guerra hacia ellas, está también el desplazamiento forzado, el despojo de tierras, las desapariciones, el trabajo sexual forzado y la tortura.

(DC): ¿Cómo es un macrocaso?

(ABP): Como la historia del conflicto colombiano es muy larga, no se puede abordar cada caso en específico; entonces lo que se hace es buscar un caso icónico que refleje los patrones de violencia sistemática de la mayoría de ellos. Los casos emblemáticos son los que llegan a las cortes internacionales, como el de Jineth Bedoya, periodista colombiana quien fue víctima de secuestro, tortura y violación sexual por paramilitares cuando realizaba un reportaje en la Cárcel La Modelo de Bogotá. La violencia sexual siempre ha rondado a la justicia transicional, y por eso abordo específicamente el tema, pero no es el único crimen contra las mujeres. Hay mucha crítica feminista a que eso sea lo único narrado. Ese ha sido el enfoque de género que se le ha dado a las comisiones de verdad, y es muy cuestionable.

(DC): ¿Qué tan conveniente es crear tipificaciones de crímenes por género a la luz de generar equidad y reconciliación?

(ABP): Hay una gran discusión sobre si necesitamos normas específicas que retraten problemáticas de mujeres o de otros colectivos que han sido históricamente discriminados. La respuesta del movimiento feminista ha sido que sí, por eso la violencia sexual aparece como un crimen de guerra en el Estatuto de Roma, que es el que le da competencia a la Corte Penal Internacional. En América Latina existe la tendencia a que las normas deban ser específicas en sus contenidos, sobre todo las normas penales. Por esa razón, no solo existe el delito de violencia sexual sino también el feminicidio.

(DC): “La vida no es la que uno vivió, sino la que uno recuerda y cómo la recuerda para contarla”, dijo Gabriel García Márquez. ¿Qué tan legítimo y legal es apelar a la memoria para encontrar la verdad y hacer una reparación?

(ABP): Con la memoria uno vuelve a vivir en el recuerdo y según el psicoanálisis es una manera de abrir también el inconsciente para explorar traumas. La memoria tiene esa luminosidad, que es como un claroscuro porque el recuerdo nunca va a ser fidedigno, sino que va a captar ciertas luces y sombras. Entonces la pregunta es cómo las comisiones de la verdad pueden facilitar que las personas relaten esos traumas sin que sean revictimizadas.

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Alma Beltrán y Puga, profesora de la Facultad de Jurisprudencia, feminista e interesada en tender puentes entre el derecho transicional y las víctimas.

(DC): Dado que la emocionalidad es protagonista en la vida humana, ¿cómo hace el derecho para traducir esos relatos a procesos jurídicos que derivan en sentencias, a sabiendas de que están muy permeados por una emocionalidad que vela los hechos?

(ABP): Hacer una denuncia y entrar en un debido proceso es legalizar una historia que irá adquiriendo un carácter jurídico. Precisamente, para lidiar con esa emocionalidad de las personas el derecho pide pruebas. Los testimonios de las víctimas son una prueba importante, pero hay peritajes y otros testimonios de personas cercanas a esos relatos para contrastar una versión. El derecho tiene un nivel de verificación de la emocionalidad, por eso se habla de la “verdad jurídica”. En la justicia transicional, más allá de la retribución, que es una pena donde alguien acaba con un castigo, lo que se busca es restaurar los vínculos sociales, y eso también tiene que ver con la emocionalidad. Hago una crítica al modelo de enseñanza del derecho porque a los abogados y a las abogadas nos entrenan para escuchar relatos, traducirlos en una demanda y argumentar basándonos en textos jurídicos, pero no para contar historias; y de lo que trata la justicia transicional es de narrar historias de atrocidad y de darles un encuadre jurídico.

(DC): Una cosa es apelar a herramientas narrativas para crear literatura, pero otra es apelar a la ficción para traducir hechos que serán enjuiciados. ¿Eso no es transitar por una línea muy peligrosa cuando hablamos de personas que serán culpadas o exoneradas de delitos?

(ABP): Mi punto es que la literatura brinda herramientas para construir una narrativa que fielmente retrate los hechos. La literatura abre la mente y la imaginación para que una persona pueda tener instrumentos metodológicos para enfrentarse al mundo real.

(DC): En su ensayo dice que “los Tribunales de Justicia Transicional, al ser órganos colegiados, suelen implicar negociaciones entre lo que es justiciable y, por ende, narrable, y lo que no”. ¿Por qué lo que no es justiciable no puede ser, al menos, narrable?

(ABP): La justicia transicional tiene varios fines: uno es la verdad, otro es la justicia y el tercero es la reparación. Pero acaban siendo negociables entre sí porque si uno quiere que la gente reconozca responsabilidad sobre ciertos hechos y narre la verdad va a tener que reelaborar el concepto de justicia para imponer sanciones restaurativas que implican un diálogo entre las víctimas y los que cometieron las violaciones a sus derechos humanos, como sucede en Colombia. Si se acepta la responsabilidad, en lugar de prisión, se imponen estas sanciones para restaurar el tejido social. Para algunas personas esto no es justicia".

(DC): ¿Cuál es el sentido de la guerra para las mujeres?

(ABP): En lo que respecta a los relatos de las mujeres excombatientes es que la guerra es una tarea inhumana que transforma a la persona cuando la ejecuta: hay una transformación emocional y psíquica en la atrocidad. Las mujeres lo que dicen es “yo nunca me creí capaz de hacer esto y lo hice”. Son contextos en donde nos deshumanizamos y tenemos que tomar decisiones morales que en una situación regular no tomaríamos. Nunca hablan de quién ganó la guerra y quién la perdió, ni de cuál fue el suceso más importante, sino de que es una lucha por no deshumanizarse en esa tarea.

(DC): ¿Y eso no podría ser aplicable también para los hombres?

(ABP): Sí, pero los hombres no han narrado esos relatos aún, no los han sacado a la luz por las construcciones culturales sobre la masculinidad basada en la fuerza y en la valentía. Si uno les pregunta qué significó la guerra seguramente contarán sus victorias y derrotas, a cuántas personas mataron y las atrocidades que hicieron, más que cómo se sentían al momento de realizarlas.

(DC): ¿No se da el caso de mujeres que verdaderamente quieren ir a la guerra, que se sienten atraídas por roles bélicos?

(ABP): Seguramente sí, y en ese caso son mujeres que tienen mayores problemas para insertarse y subir de rango porque ese mundo siempre ha sido muy masculino: que una mujer diga que quiere ser soldado es una cosa rara para nuestra sociedad actual.

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“Hay una gran discusión sobre si necesitamos normas específicas que retraten problemáticas de mujeres o de otros colectivos que han sido históricamente discriminados. La respuesta del movimiento feminista ha sido que sí, por eso la violencia sexual aparece como un crimen de guerra en el Estatuto de Roma, que es el que le da competencia a la Corte Penal Internacional": Alma Beltrán y Puga

Una verdad con acento

Escuchar un testimonio de guerra y darle eco es un primer paso para dignificar a quien lo narra, además de abrirle un espacio social para ponderar sobre lo sucedido y evitar que su drama se repita. Con esa loable intención en mente fueron escuchadas miles de víctimas y victimarios de la guerra en Colombia; entre ellos, quienes recibieron una mirada especial fueron las mujeres, los colectivos de género diverso y las comunidades étnicas. Así lo evidencia el recientemente publicado informe final de la Comisión de la Verdad, un organismo no judicial creado en 2017 en el marco del Acuerdo de Paz entre el gobierno colombiano y las Farc-EP para contribuir al esclarecimiento de los hechos, promover el reconocimiento de los dolientes involucrados y estimular la convivencia pacífica en los territorios.

No en vano, de los varios volúmenes que componen el informe, hay dos exclusivamente dedicados a contar el conflicto desde la lógica y la visión de estos grupos poblacionales. ¿Por qué? “Porque aunque los enfoques étnico y de género están entreverados a lo largo de todo el trabajo investigativo, amplificar sus voces resultaba imperativo ante la necesidad de forjar una sociedad más equitativa y reconciliada”, explica Karim Ganem Maloof, director editorial del informe.

Este abogado y periodista, junto con un equipo de unas 30 personas, asumió la tarea de dar sincronía narrativa, trazar pautas de forma y estilo, y apoyar la construcción de “la mayor obra de no ficción del último siglo en Colombia: un gran documento que, pese a ser de nicho, atrajera al mayor público posible a través de relatos conmovedores, fluidos, seductores, veraces, contextualizados y bien argumentados”.

Para ello convocó a curtidos periodistas, novelistas, editores, personas especializadas en historiografía, política y ciencias sociales, y se amparó en metodologías y herramientas de la literatura y el periodismo. “Apelamos a la verificación de datos, la triangulación de la información, la inclusión de múltiples voces y la capacidad de construir escenas, personajes y narrativas para crear textos encantadoramente placenteros de leer a pesar de estar contando atrocidades; esa es la paradoja de la buena escritura”.

Valga aclarar que, aunque se utilizaron estrategias de la literatura, nada de lo allí contenido es artificio de la imaginación, sino el compendio de muchos relatos contados con gracia para configurar una verdad que, dicho sea de paso, no es jurídica (para eso tendría que ser sometida al peritaje judicial) ni se usa como prueba dentro de los procesos que cursan en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

“Sabemos que la memoria es truculenta, falible, cambiante e interpretativa y que la emocionalidad le imprime una dificultad inherente al ejercicio de recopilar estos testimonios; de hecho, por eso en nuestro informe no reproducimos atribuciones de responsabilidad que tildan a individuos. No obstante, gracias a la sinergia de casos particulares hemos podido crear contextos explicativos para presentar una historia sólida y contundente sobre 60 años de conflicto en nuestro país”.