Pasar al contenido principal

Nuestra escultura sensorial es una creación desde el trabajo con materiales de upcycling y lutería urbana encontrados, algunos de ellos, en el acopio de la obra del Edificio UR Emotion de la sede Quinta de Mutis, como tubos, láminas metálicas y maderas. 
Este es un espacio de experimentación: ¿Cómo suenan y cómo se ven las frecuencias de nuestro corazón? A través de colores, texturas y un sistema de estereofonía, queremos que cada persona que interactúe con la obra, pueda abrir sus sentidos conectar de manera diferente con el ecosistema que nos rodea. 

 Por medio de la recolección de información de los casos presentados y entrevistas a las personas que vivieron los procesos contemplados en este instrumento.  Dicho diagnóstico arrojó la necesidad de hacer una actualización, que fue trabajada durante el 2022, en el Comité Técnico de seguimiento a la implementación del Protocolo (artículo sexto del Decreto 1640).

Producto de este trabajo se creó una versión actualizada del protocolo que amplia y fortalece varios temas, como, por ejemplo:

  • Se organiza y define con claridad las funciones del Equipo de Comprensión, Orientación, Recepción y Acompañamiento -Equipo CORA- dupla psico- jurídica que atiende los casos. 
  • En términos de atención integral, amplia la intervención (psicológica, jurídica y académica) agregando el componente de acompañamiento laboral, dirigido a las personas víctimas que son funcionarias de las UR (personal administrativo y docente), inclusión adoptada después de recibir casos en los cuales funcionarias de la universidad requerían el acompañamiento de la institución.
  • En términos de la intervención institucional ante los casos, se determina tres líneas de acción, que pueden llevarse a cabo de manera separada o simultánea, dichas medidas son: pedagógicas, restaurativas y disciplinarias. Siguiendo el llamado que realizaron las personas victimizadas e incluso personas agresoras que manifestaron que, además de la reparación del daño, el reconocimiento de las violencias debía pasar por el acompañamiento de la universidad en términos pedagógicas, comprendiendo que las violencias y más aún las violencias basadas en género esta interiorizadas y naturalizadas culturalmente.
  • En términos de las medidas disciplinarias se tipifica, organiza y da lineamientos para la toma de decisiones frene a los casos e indica los tipos de sanciones que puede tomar el ente encargado de decidir -Comité de Resolución de Casos de VBGD- ; esta clasificación obedece a la necesidad y complejidad que los casos presentaron,  ya que las formas de manifestación de las Violencias basadas en género y discriminaciones son muy amplias, desde el acoso sexual, sexismo , racismo discriminación simbólica entre otras.

Las sugerencias, recomendaciones y ampliaciones de toda la comunidad Rosarista son vitales para nutrir este documento. Para recibir sus aportes se ha dispuesto un formulario que estará habilitado hasta el 27 de febrero, en el cual podrá bridar sus comentarios a cada uno de los articulados.

 

Si desea tener mayor información de este proceso o ampliación de la información podrá contactarse con la Oficial de Cumplimiento al Protocolo, la funcionaria Cindy Caro Cárdenas, al correo electrónico cindy.caro@urosario.edu.co

Categoría
Protocolo de prevención y atención a casos de Violencias Basadas en Género
Suscribirse a