
- El plazo máximo para que los empleadores consignen las cesantías de 2024, es el viernes 14 de febrero de 2025
Dado el alto índice de informalidad laboral, Saida Quintero, directora del Área de Derecho Laboral de nuestra Facultad de Jurisprudencia, sugiere que la prioridad debe ser la generación de empleo formal, lo que permitiría a más colombianos acceder a prestaciones sociales como las cesantías y al Sistema de Seguridad Social. Además, resalta que una reforma laboral que fomente la contratación formal es clave para reducir la informalidad, mejorar las condiciones de trabajo y garantizar los derechos de los trabajadores.
“Es importante aclarar que las cesantías no son un subsidio estatal, sino una prestación social a cargo del empleador, exclusiva para trabajadores con contrato formal. En el caso de los trabajadores informales, esta figura no es aplicable, ya que no existe un empleador que deba responder por este beneficio”, señaló Saida Quintero.
Cesantías para un futuro financiero estable
Por su parte, Juan Carlos Díaz, jefe de Contratación y Nómina de nuestra Universidad, explicó que el valor de las cesantías corresponde a un salario por cada año trabajado o a la fracción del tiempo laborado, siempre que no se trate de empleados con salario integral.
En relación con esta prestación, Saida Quintero indicó que, "las cesantías no son entregadas directamente al trabajador, sino consignadas anualmente en el fondo de cesantías al que esté afiliado”.
El propósito principal de las cesantías es servir como un fondo de respaldo económico para el trabajador en caso de quedar cesante, es decir, sin empleo. En este sentido, funcionan como un seguro de desempleo, actuando como un “colchón financiero” en momentos difíciles, enfatizó Juan Carlos.
De acuerdo con la normativa vigente, los trabajadores pueden solicitar el retiro parcial de sus cesantías durante la vigencia del contrato en situaciones específicas, como la compra o mejora de vivienda propia o para financiar estudios de educación superior, tanto para ellos como para sus hijos.
“El monto de esta prestación equivale a un mes de salario por cada año de servicio y se calcula por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. Los empleadores deben consignar las cesantías correspondientes al año 2024 en el fondo de cesantías, a más tardar, el viernes 14 de febrero de 2025”, agregó la directora del Área de Derecho Laboral de la Facultad de Jurisprudencia.
Cada empleado es titular de una cuenta individual en el fondo seleccionado. Además, los trabajadores tienen derecho al pago de intereses sobre las cesantías, equivalentes al 12 % anual del valor total de las mismas, los cuales deben ser cancelados por el empleador antes del 31 de enero de cada año.
Estrategias para una gestión eficiente de las cesantías
Además, Clara Inés Pardo, profesora de nuestra Escuela de Administración, enfatiza la necesidad de educar a los empleados en finanzas personales para aprovechar estratégicamente sus cesantías en proyectos que mejoren su bienestar a largo plazo. Ahorrar este recurso en lugar de retirarlo de inmediato puede proporcionar rentabilidad, estabilidad financiera y oportunidades de inversión en vivienda, educación o emprendimientos personales.
“Las cesantías no solo garantizan tranquilidad en caso de desempleo, sino que pueden convertirse en una herramienta para alcanzar metas personales y profesionales”, subrayó la profesora Clara.
La planeación a largo plazo es fundamental para aprovechar al máximo las cesantías. Tomar decisiones informadas y evaluar las necesidades futuras puede convertir esta prestación en un soporte clave para proyectos personales, como la compra de vivienda o la financiación de estudios superiores.
En este sentido, Díaz enfatiza la importancia de evitar el gasto impulsivo. Es esencial adoptar un enfoque de ahorro consciente y evitar el uso inmediato para gastos no planificados. Destinar las cesantías a objetivos específicos puede marcar una gran diferencia en la seguridad financiera a largo plazo.
¿Qué hacer si el empleador no paga las cesantías?
Saida Quintero explica que el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo para que conmine al empleador a realizar el pago e iniciar un proceso judicial laboral, en el cual el juez podrá imponer sanciones al empleador por cada día de mora en el pago de las cesantías, según lo dispuesto en la Ley 50 de 1990.
Las cesantías se pueden destinar para:
- Compra de vivienda: adquirir vivienda, mejorarla, liberar gravámenes hipotecarios o pagar el impuesto predial. Esto aplica para inmuebles propios del trabajador y de su cónyuge o compañero permanente, presentando los documentos correspondientes.
- Inversión en educación: estudios superiores o técnicos, presentando el recibo de matrícula. Esto aplica para el trabajador, su cónyuge, compañero permanente o hijos.