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Enviado por elquispacheco el Mar, 08/11/2022 - 21:53

Ver Sentencia C-112 de 2018 aquí

Las normas demandadas estipulan que ante una infracción de tránsito, el propietario del vehículo debe responder de la misma manera en que lo hace  la persona que iba conduciendo el vehículo. La demanda se centró señalar que esa responsabilidad solidaria iba en contra del derecho al debido proceso puesto que no requiere que se pruebe la culpabilidad del propietario sino que automáticamente entra a responder por faltas que no ha cometido personalmente.
 
En su intervención, el GAP solicita la inconstitucionalidad, empieza por recordar que todas las sanciones del Código de Policía deben estar consagradas en la ley y además siempre debe demostrarse que la persona que está siendo sancionada, haya tenido un grado de culpa o intención en la realización de la conducta, regla que desconoce la norma. Además, se argumentó que la norma acusada va en contravía de la presunción de inocencia, toda vez que por el mero hecho de ser propietario, la persona es sancionada teniendo que cumplir con la sanción junto con la persona que conducía el vehículo, presume la culpa.
 
En las consideraciones, la Corte decidió que no podía pronunciarse de fondo toda vez que los argumentos de la demanda no eran claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes. Lo anterior toda vez que la demanda reprodujo partes de un auto admisorio de otra demanda sin entrar a profundizar.

Intervenciones
Sentencia C-112 de 2018