Este código regula la actividad procesal en asuntos civiles, comerciales, familia y agrarios. Además, respecto de todos los asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad y a las actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, en cuanto no estén regulados expresamente en otras leyes
Número de ley
1564
Fecha
Comisión
1a
Número trámite
0
Adjuntar documento
File
ley156412072012.pdf
(2.64 MB)
Nombre de la ley
0