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Esta ley busca cumplir con el imperativo de adecuar el ordenamiento jurídico colombiano a la Convención Americana de Derechos Humanos y al Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos que establecen la doble instancia como una garantía judicial. De esta forma, se benefician los congresistas que solo tenían una instancia en los procesos de pérdida de investidura.

Número de ley
1881
Fecha
Comisión
1a
Número trámite
263/17C - 106/17S
Adjuntar documento
Documento resumen de la ley
File
1881.pdf (12.76 KB)