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La presente ley extiende el periodo de amnistía a un año y extiende el beneficio, teniendo en cuenta también la importancia de la obligación de la organización de reclutamiento de promocionar en medios de comunicación nacionales el periodo de amnistía.

Número de ley
1961
Fecha
Comisión
2a
Número trámite
239-18S/166-18
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Documento resumen de la ley
File