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´A la Ciénaga Grande de Santa Marta le urge un derecho que mire las relaciones entre la gente y la naturaleza´

By: Michelle Soto Méndez

Photos: Milagro Castro, Andrés Gómez https://doi.org/10.12804/dvcn_10336.42363_num7

Pasar de proteger recursos a visibilizar las relaciones que tejen las personas con su entorno. Esa es la propuesta que hacen los investigadores Andrés Gómez Rey, Gloria Amparo Rodríguez y Álvaro José Henao para tratar de disminuir los conflictos y garantizar una vida digna para todos.

En el Caribe, justo al norte del país, la intersección entre las aguas dulces y saladas propicia un humedal muy particular, que incluso se le considera de importancia mundial. Allí, en la Ciénaga Grande de Santa Marta, la vida es posible gracias a esa dinámica ecosistémica que moldea a las personas.

“Las personas tienen unas relaciones muy particulares que han construido a través del tiempo con la ciénaga. Tienen un relacionamiento con la fauna y la flora que va más allá de la alimentación; es una relación de conservación, pero al mismo tiempo de recreación y protección. Aclaro, no es proteccionismo ambiental; estoy hablando de una forma en la cual la cotidianidad de las personas busca conservar un entorno y al mismo tiempo tener una vida digna”, expresa Andrés Gómez Rey, abogado ambiental y profesor de la Universidad del Rosario.

“El derecho no entiende eso. El derecho entiende que hay un ecosistema y una persona; entonces los protege, crea un esquema reglado para proteger las dos cosas, pero no ve que entre ellos hay una relación. De ahí que el derecho fraccione los elementos, pero no muestre que todo está enlazado, que todos estamos en red. Ese es el gran problema de la ciénaga”, continúa.

En la ciénaga pasan muchas cosas, todas a la vez. Las distintas categorías de protección y gestión ambiental (como la de ser un humedal Ramsar –un humedal de importancia internacional incluido en la lista del Convenio Ramsar- y reserva de la biosfera de la UNESCO, entre otras) se traslapan con los usos ancestrales y tradicionales (por ejemplo, la pesca y lugares sagrados) propios de las comunidades de la zona. Además, –como todo está interconectado por la dinámica de aguas– las acciones que se ejecutan en cierta parte del territorio pueden vulnerar el derecho a un ambiente sano de otra comunidad.

Andrés Gómez y Gloria Amparo Rodríguez, investigadores y profesores de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, junto con y Álvaro José Henao, abogado y asesor legal en temas de medio ambiente, escribieron un artículo publicado en la revista CIBOD d’Afers internacionals (2022), en el cual analizan las herramientas legales que se han empleado para la protección de la Ciénaga Grande de Santa Marta. Los investigadores observaron que la aplicación de estas ha generado tensiones asociadas a garantizar los derechos humanos, el bienestar de las personas y la preservación o derechos de los ecosistemas.

“Lo que ordena la Corte es ‘haga esto para frenar la contaminación y haga esto para otra cosa’; pero esas órdenes, igual, están fraccionadas, tienen lógicas conservacionistas, le hacen daño a la gente y propician las luchas”, comenta Gómez. “El artículo muestra un poquito la angustia de cómo los jueces a veces no comprenden lo que vive la gente y toman medidas en pro de eso llamado recursos, no territorio, o en pro de la gente. Y que siempre priorizan lo que tiene efectos discriminatorios o privilegian a otras especies o a otros actores (muchas veces los económicos). Entonces, los jueces pueden terminar acentuando o exacerbando el conflicto”, agregó el académico.

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"Si no hay consolidaciones democráticas en torno a cómo manejar nuestros propios territorios culturalmente adecuados, pues estas reglas legales en abstracto no van a funcionar. Y cada sitio es diferente. Cada uno es un mundo absolutamente diferente y crea relaciones diferentes".

En entrevista con la revista Divulgación Científica, el abogado ambientalista Andrés Gómez nos aclara la disyuntiva y nos comparte los conceptos más relevantes sobre la iniciativa que él y sus coautores están proponiendo como solución.

DC. Esta visión centrada en el recurso natural que, viéndola desde la perspectiva histórica, pudo haber sido válida en su momento, se nos queda corta en el presente que vivimos. ¿Estamos transitando hacia una visión más integral del paisaje?

AG. El Derecho Ambiental fracasó rotundamente por muchas razones, pero sobre todo porque al fraccionar los componentes y por la existencia de otros problemas derivados de la arquitectura legal, no hemos podido frenar la crisis planetaria. Esa lógica fraccionaria ha hecho que Colombia destruya un pedazo, pero proteja otro. Ahora, un lugar tiene muchas cosas y alrededor de esas cosas se tejen relaciones.

Creo que sí hay un giro necesario en la transformación de eso llamado Derecho Ambiental y ese cambio busca precisamente comprender las relaciones. Pienso que eso de ver que todo está enlazado, que hay interrelaciones, ensamblajes y respeto por las redes que se construyen de manera natural es algo muy bonito.

Eso sí, la transformación implica nuevas categorías. Por ejemplo, en Colombia hay que concebir el territorio como un entorno relacional más complejo; eso nos serviría para mostrar que el planeta está reclamando ser un actor de los debates. Entonces, los jueces tienen que plantear que el río y la montaña son actores de los debates judiciales y que tienen una fuerza que puede modificar las situaciones; que esto no es cuestión de hacer técnicamente las cosas, sino que la ciencia tiene un componente político y las normas tienen una intención que a veces está escondida.

Creo que se está pidiendo a gritos una reformulación y el artículo que publicamos va un poco por ese camino. El artículo pretende visibilizar que el Derecho impide ver el contenido político de la ciencia y las agendas que hay detrás de las normas y la producción técnica, entre otros aspectos. Un caso como el de la Ciénaga Grande no puede seguir bajo esa lógica; allí hay mucha contaminación, la gente está sufriendo mucho, las especies están muriendo. Entonces, si no hay un cambio de lógica, pues esto no va…

DC. ¿Cabe la posibilidad de concebir el territorio como un espacio para visibilizar estas relaciones que existen entre ecosistemas y personas, donde se respeten tanto los derechos de la naturaleza como los humanos? A fin de cuentas, nuestra visión de mundo –como personas– está muy ligada a esas relaciones que establecemos con el entorno.

AG. Estoy totalmente de acuerdo. Creo que Colombia está buscando, al menos desde la academia y los sectores sociales, cómo replantear las categorías tradicionales; dejar de hablar de recursos y hablar del territorio, porque, además, la palabra recurso implica un uso y eso obedece a una visión muy comercial, como si estuviéramos hablando sólo de materias primas.

Una apuesta bonita que ha tenido Colombia son los derechos de la naturaleza, que han tratado de quebrantar los límites del Derecho y de otras disciplinas en torno a entender una visión territorial y de un mundo situado en el espacio en el cual se está para comprender esas dinámicas. Aunque esa es la apuesta, a veces es muy difícil luchar contra el derecho, porque los retos no necesariamente son legales.

Para poder incluir el territorio como categoría, no se presenta una demanda, sino que se utiliza un montón de estrategias extralegales para insertarlo en el ordenamiento jurídico o empezar a convencer a los operadores de la importancia de quebrantar las categorías tradicionales. Y esos procesos históricamente son largos. Claro, por eso Colombia tiene muchos detractores de los derechos de la naturaleza. Siempre hay personas a quienes les parece una idea absurda o simplemente no entienden los peligros y por eso los quieren frenar.

Andrés Gómez Rey


Una apuesta bonita que ha tenido Colombia son los derechos de la naturaleza, que han tratado de quebrantar los límites del Derecho y de otras disciplinas en torno a entender una visión territorial y de un mundo situado en el espacio en el cual se está para comprender esas dinámicas, dice el profesor Andrés Gómez Rey de la Facultad de Jurisprudencia.

DC. Si el territorio visibiliza tanto a ecosistemas como a personas, así como a sus interrelaciones, eso también podría ayudar a disminuir las tensiones. Incluso vendría a quitarle peso al Estado en cuanto a la resolución de conflictos, ¿verdad?

AG. Claro, ese es el meollo del asunto. Cuando hablo de ecosistemas me refiero a todas las especies interseccionales que le apuestan a su propia supervivencia y a una vida digna. Pero cuando se habla del ser humano se suele descontextualizar y ello hace que las decisiones judiciales y legales sean muy problemáticas. Ahora en Colombia todas las normas tienen un déficit democrático inmenso, lo que ocasiona que cuando esto se traslada a los lugares culturales, la norma sea rechazada.

Si no hay consolidaciones democráticas en torno a cómo manejar nuestros propios territorios culturalmente adecuados, pues estas reglas legales en abstracto no van a funcionar. Y cada sitio es diferente. Cada uno es un mundo absolutamente diferente y crea relaciones diferentes.

DC. Ahora bien, al dignificar a las personas y a los ecosistemas estamos empoderando a la gente para que se apropie de ese territorio y, por ende, tenga una relación con él. Al final, esa relación con el territorio es lo que lleva a cuidarlo.

AG. Y nos cuidamos entre todos. Es que lo lindo es que la gente en esos lugares sabe lo importante que es que todo exista para que todos existamos. El sociólogo Norbert Elías habla de “figuraciones”. Él dice que la figuración es la relación que históricamente hemos construido con todo lo que está a nuestro alrededor y que entre todos tratamos de proteger; él plantea que son “relaciones parientes” porque queremos ser mejores parientes.

DC. Escuchándolo recordé el concepto de cuidado colectivo que utilizan los colectivos feministas y las defensoras ambientales. Pienso que ese cuidado también lo tenemos con la naturaleza: como ser humano cuido de ella y ella cuida de mí mediante los servicios ecosistémicos.

AG. Tengo dos apuestas personales. Una es un derecho comunitario y popular que tiene que ser construido entre las bases estatales y las sociales para que efectivamente todas las racionalidades y formas de ver el mundo puedan estar presentes. La otra es la existencia de un derecho constitucional relacional. Pueden ser conceptos que nos amplíen las necesidades democráticas y relacionales, al menos en temas ambientales.

DC. ¿En las cosmovisiones y gobernanza de los pueblos indígenas se podrían hallar elementos que nutran esta visión relacional de la que estamos hablando?

AG. Pienso que ellos son los que más han apostado por eso. Lo que pasa es que nosotros no hemos sido capaces de entenderlo. Los pueblos indígenas en Colombia son los que más, y desde hace rato, nos han dicho que esto no es cuestión de sujeto-objeto, sino de relación, de historia, de construcción entre todos. Creo que el aporte indígena es vital, y nos hace falta humildad, respeto, para comprender lo que realmente nos están diciendo desde hace mucho tiempo.

DC. Si bien estamos hablando de la Ciénaga Grande de Santa Marta, siento que, igualmente, podríamos estar hablando de cualquier paisaje de Costa Rica, Ecuador o Perú. Es decir, este es un tema latinoamericano como tal.

AG. Yo también lo considero así. Se trata de algo mucho más amplio que lo que estamos viendo. Creo que esa apuesta por tener un manifiesto relacional latinoamericano que tenga una fuerza política aún está en construcción. No obstante, también opino que no nos la creemos. La fuerza sí está ahí, pero falta confianza.

DC. Me parece que este artículo, definitivamente, es una invitación a conversar.

AG. El artículo está escrito para hablar con formalistas y usa mucho ese lenguaje; pero sí está diseñado para, precisamente, dejar la semillita a manera de idea. A ver si de pronto podemos transformar un poquito el ambientalismo tradicional colombiano, al menos.

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Derechos de la naturaleza

Aun cuando muchos países han elevado a rango constitucional el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, este se centra en uno de los sujetos –el ser humano– y deja a interpretación de los operadores de justicia si este derecho también alcanza a otras especies (por ejemplo, el jaguar) e incluso a ecosistemas (un río o una montaña). Uno de los primeros en poner el tema sobre la mesa fue Christopher D. Stone, profesor de Derecho de la Universidad del Sur de California (EE.UU.), cuando en 1972 escribió el ensayo ¿Deben los árboles estar legitimados? Hacia los derechos legales de objetos naturales.

Así mismo, en la década de 1970 en Suramérica, Godofredo Stutzin ya hablaba de que “reconocer a la naturaleza como una entidad dotada de derechos es jurídicamente posible, tiene en cuenta una situación real y responde a una necesidad práctica”. Es así como empieza a cocerse un nuevo paradigma en el derecho que abarca a la naturaleza en su totalidad y se contrapone a la visión antropocéntrica clásica, en la cual, aunque existe una supuesta protección ambiental, esta parte de razones utilitarias.

Precisamente, con este afán de modificar el paradigma antropocéntrico, en América Latina se han desarrollado iniciativas recientes para otorgar derechos a la naturaleza, entre ellas, un habeas corpus a una orangutana (como sucedió con “Sandra”, en Argentina) o a un oso (“Chucho”, en Colombia). También se han presentados movimientos para reconocer un ecosistema como sujeto de derecho; como sucedió con el Río Quindío, en Colombia.

Otros han ido un paso más allá. En 2008, Ecuador concedió derechos a la naturaleza en su Constitución Política, cuyo artículo 71 dice: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.

Si bien, los ejemplos expuestos anteriormente son latinoamericanos, los derechos de la naturaleza también se han oficializado en otros países como Australia, Nueva Zelanda e India.

 


Servicios ecosistémicos

Las personas se benefician de una serie de servicios provistos por esta ecorregión, entre ellos:

- Servicios de regulación ambiental: protección ante fenómenos naturales, purificación del agua, retención de sedimentos y nutrientes, recarga de acuíferos y captura de dióxido de carbono.

- Servicios de provisión: recursos pesqueros para la alimentación, producción de bienes y fibras naturales, cultivos de algunos alimentos y pequeña ganadería, que se intercambian en los mercados locales y regionales.

- Servicios culturales: variedad gastronómica, como el mote de guineo, las carimañolas, las empanadas, las arepas, los buñuelos o los sancocho de costilla y de mondongo; actividades turísticas en búsqueda de ciudades palafíticas, como Nueva Venecia; historias y narrativas colectivas, como la de la “casa del diablo” en el municipio de Ciénaga; o el interés de científicos sociales por la apropiación y creación de tecnologías autóctonas, como el “bongaducto”, una pequeña embarcación que transporta agua dulce para el consumo humano, desde los manglares hasta las zonas de agua salada.

 


Las personas de la ciénaga

Este es un territorio ancestral donde habitan cuatro pueblos indígenas: Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo. Según su cosmovisión, ellos están llamados a ser guardianes de la naturaleza y por ello promueven la protección de la “línea negra” en su territorio ancestral, conocida como Umunukuno, que significa el corazón del mundo.

Allí también habitan campesinos, cuya relación con la flora y la fauna ha propiciado una serie de conocimientos locales y tradicionales. Existe una interdependencia cultural con el ecosistema al punto que, sin la ciénaga, estarían llamados a desaparecer.

 


Las amenazas

La Ciénaga Grande no está exenta de problemas ambientales:

- Aún se acarrea con las consecuencias de una serie de impactos históricos, como es el caso de la construcción de carreteras a finales de la década de 1950, que provocaron la reducción del intercambio entre el sistema lagunar y el mar, así como entre el Río Magdalena y su delta.

- Niveles altos de contaminación derivados de actividades antrópicas locales y las generadas en otras partes del territorio, aunque, debido a la dinámica de aguas, se concentran en esta ecorregión.

- Colmatación –relleno– del sistema de canales debido a la deforestación, el taponamiento de caños para controlar las emunciones y el desecamiento de las ciénagas menores, con el consecuente esfuerzo por evitar la salinización de los cultivos, lo cual ha desembocado en la disminución del aporte de agua dulce que anteriormente la ciénaga proveía.

- Baja cobertura de servicios básicos, especialmente de acueducto y alcantarillado, lo que conlleva que los desechos sólidos y líquidos de los municipios ribereños tengan como destino final el Río Magdalena e incluso la misma ciénaga.

“La degradación no es solo ecológica, sino también social en tanto que los asentamientos humanos que allí se encuentran sufren una situación de precariedad en términos de bienestar, la cual paradójicamente se ve agravada por el deterioro ecosistémico que afecta la pesca, la producción de alimentos (seguridad alimentaria) y el acceso al agua potable”.

Extracto del artículo escrito por Andrés Gómez, Gloria Amparo y Álvaro José Henao y publicado en la revista Cidob d’Afers Internacionals (2022).