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Submitted by elquispacheco on Tue, 11/08/2022 - 21:52

En la Sentencia T-532 de 2019, el Magistrado ponente consideró que la tutela no era procedente, por no cumplirse los requisitos de inmediatez y de subsidiariedad, en un caso en donde comunidades campesinas que han buscado durante 20 años la adjudicación de un pedio que habitan. A juicio del GAP la sentencia debe declararse nula por desconocer el precedente judicial y omitir el análisis de aspectos de relevancia constitucional que hubieran tenido efectos trascendentales en el sentido de la decisión.

En primer lugar, señalamos que la sentencia desconoce la procedencia de la acción de tutela para para casos en los que los procesos administrativos de tierras se han extendido injurtificadamente. En segunda lugar, expresamos que el fallo omitió estudiar la calidad de sujetos de especial protección de los accionantes en la tutela, por ser campesinos y cñictimas de conflicto y omitió estudiar el derecho de los campesinos al acceso progresivo a la tierra.

Aún no hay un fallo por parte de la Corte Constitucional pero se reitera que la postura histórica de la Corte ha sido proteger a los campesinos y su derecho de acceso progresivo a la tierra.

Intervenciones
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-532 de 2019