Se autoriza al Gobierno nacional para financiar con aportes del Presupuesto General de la Nación y el Sistema General de Regalías la participación de las entidades territoriales en los proyectos de generación, distribución, comercialización y autogeneración a pequeña escala y generación distribuida con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) que se enumeran a continuación: la biomasa, los aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, la geotérmica, la solar, los mares y el aprovechamiento energético de residuos. Además de otras fuentes que podrán ser consideradas según lo determina la UPME.
Número de ley
2036
Fecha
Comisión
3ª
Número trámite
133/18S – 398/19C
Adjuntar documento
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ley-2036-del-27-de-julio-de-2020.pdf
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Documento resumen de la ley
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resumen-ley-2036_2020.pdf
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