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La operación del Programa de Alimentación Escolar- PAE – tendrá vigilancia de la comunidad educativa, preferiblemente de las 2sociaciones de padres de familia y de los docentes que hacen parte de la institución educativa beneficiaría para la prestación del servicio. La Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, creada por el artículo 189 de la Ley 1955, de 2019 y las normas que lo modifiquen y/o adicionen, orientará el ejercicio de esa actividad en el marco de sus funciones.

Número de ley
2042
Fecha
Comisión
Número trámite
239/19S – 181/19C
Adjuntar documento
Documento resumen de la ley
File