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La presente ley pretende exceptúar al al Ministerio del trabajo, al Congreso de la República - Cámara de Representantes y Senado de la República, a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) de la aplicación de las restricciones previstas en el artículo 92 de la ley 617 del 2000, en el crecimiento de los gastos de personal, para efectos de la modificación de su planta de personal, durante las vigencias fiscales 2019 y 2020 y demás disposiciones según la ley.

Número de ley
1896
Fecha
Comisión
1a
Número trámite
169/17S-026/17C