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La mujer ante el derecho, viejos prejuicios

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En la Revista del Rosario, ya lo hemos dicho, se puede trazar la historia de las ideas de un siglo a esta parte. En el caso presente, trátase del problema de si las mujeres deben tener derechos políticos. La respuesta del autor es negativa, partiendo de un epígrafe eclesiástico y acudiendo a argumentos que hoy no dudaríamos en llamar prejuicios a secas. El contexto histórico es como sigue: en 1930, principian las administraciones liberales, luego de la Hegemonía conservadora. En 1932 y en virtud de la Ley 28, se reconoce a la mujer igualdad de derechos civiles. El artículo original de Tobías Hernández Rojas apareció en 1933 (v.28 n.276 julio); cincuenta años después lo reprodujeron "a título de curiosidad" (v.76 n.524 nov.-dic.) y hoy, por tercera vez, lo desempolvamos con motivo de los sesenta años de los derechos políticos de la mujer, materia de nuestra actual exposición.
Tobías Hernández era natural de Cáqueza, estudió jurisprudencia entre los años 1932-39 y alcanzó el grado de doctor; aquí tuvo las calidades de convictor, oficial y colegial.


La cita latina pone: "El varón es el jefe de la familia y cabeza de la mujer, la cual sin embargo está sujeta a él y le obedece no a la manera de una criada, sino de compañera".