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¿Corresponde el escudo a los colegiales gramáticos? Curiosidades del Archivo

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Cuatro meses se cumplían del uso indebido de don Rafael García Romero de dos preeminencias, a saber, “llebar por escudo las Armas de este Ylustre Colegio, y la de tener un asiento que por su antiguedad no le corresponde: y como uno y otro cede en desdoro y perjuicio nuestro, lo hacemos presente a la justificación de Vuestra Señoria para que se sirva indemnisarnos de estos daños, privando a Garcia de dos distinciones que solo se deben al merito y a la antiguedad quando se allan en un mismo sugeto”[1]. Quienes así se quejaban eran los colegiales gramáticos, es decir, quienes estudiaban el primer grado educativo en el Colegio. El acusado era un individuo de su misma clase.
 

Folio con las firmas de los colegiales gramáticos.

En autos, pues, los gramáticos con García, responde este que la “solicitud de los Gramaticos es no solo injuridica por abrogarse una accion que no tienen, sino que como efecto de la envidia carece de toda razon y es temeraria”; en fin, que no es necesario que en un mismo sujeto concurran el mérito y la antigüedad para gozar de las citadas preeminencias, pues basta el mérito de estudiar una facultad superior. En su concepto, cualquiera que no sea Latinidad lo es y presta mérito para las distinciones. En todo caso, que la acción que emprenden es propia solo del maestro de ceremonias. No ve el perjuicio de que se quejan los gramáticos, “antes bien les causa honor tener un condicipulo condecorado con las insignias de filosofo y jamas se ha dicho que un cuerpo quede perjudicado porque uno de sus individuos goze de distinciones”[2].
 

Firma del contrario, Rafael García Romero.

Los gramáticos arguyen que el estudio de las Matemáticas, “en que supone hallarse ocupado”[3]. García “no es bastante para conseguir el escudo ni la antiguedad” y que García ni siquiera estudia la clase que pretende. Alegan que el Fundador no previó la oferta de estudios de Gramática ni de Matemáticas, por lo tanto sus cursantes no son parte del colegio ni merecedores de las distinciones.

 

Pasan a probar que García “no tiene de Matematico sino el nombre”[4]. Pero que una vez se vio impuesto del escudo, como los colegiales mayores, “ha hecho la mas solemne dimicion”. En fin, los gramáticos piden que se le prohíban a García las distinciones o que todos tengan el mismo derecho a ellas (firman en 30 de marzo de 1810). El 25 de abril, los gramáticos acusan a García de rebeldía por no haber evacuado el expediente que le habían trasladado.

 

Para desmentir a los gramáticos, García aduce la certificación del catedrático Dr. Francisco Caldas. Que el uso del escudo es premio a quienes pueden pasar de la Gramática a estudiar alguna ciencia, y qué mejor caso que el de las Matemáticas. Que son la base de cualquier otra facultad y acreedoras por tanto a las mismas preeminencias. Se desvía señalando las pocas capacidades de los gramáticos, que “no pueden aprender una ò dos reglas de Syntaxis que se les señala, ni entienden unos pocos versos de Virgilio y un corto retaso de Ciceron despues que se les traduce tres o quatro veses”[5]. Llegado al punto de que los matemáticos no son miembros del Colegio, afirma que “su silencio [de fray Cristóbal] sobre este punto no arguye prohivision”, que más bien se debió a olvido; que en la fundación tampoco existió el Derecho real, pero nadie les niega a sus profesores el título de colegiales. En fin, que el criterio no ha de ser temporal, sino del mérito de la facultad que se estudia. Insiste: que su uso no constituye usurpación pues el maestro de ceremonias no se ha quejado (firmado en 26 de abril).

 

Luego, se nombra para fiscal de la causa al catedrático de Derecho real, Dr. Camilo Torres, quien apenas apuntó: “Sirvase vuestra señoria expresar el concepto en que debo hablar en este expediente, para poder hacerlo con mas acierto”. A estas alturas, se echa de menos el parecer del maestro de ceremonias, quien indicó que si las distinciones son propias de los colegiales que profesan facultades mayores, pues se les debía tener por parte en el negocio. Así se verifica, confiriéndoles autos a los dos teólogos más antiguos, quienes están de acuerdo en que “no se nos hase injuria alguna en que el dicho Garsia quede en la antigua posesion de dichos privilegios, y si se nos haria, si se consediesen a los Colegiales Gramaticos”. Con este parecer, el maestro de ceremonias no halla inconveniente en que García use la divisa del escudo, siempre que estudie Matemáticas. El proceso no acaba, pero sí el mes de mayo.

Nombramiento del Dr. Camilo Torres para fiscal del proceso.

En junio, el fiscal pide informe al preceptor de Latinidad sobre la situación de García. Allí se lee que “aunque todavia no tiene una perfecta inteligencia de la lengua latina, qual se requiere para poder pasar a otro estudio mayor abandonando este, sin embargo tiene bastantes principios de Gramatica que le facilitan la version de este idioma a la que principalmente por ahora esta dedicado”[6]. Aquí hay que volver atrás, ya que la foliación altera la cronología: el fiscal ya había pedido concepto al maestro de ceremonias, además de “los capitulos de visita relativos al punto de que se trata”. Pues bien, el concepto de la visita del oidor iba en el sentido de prohibir el uso  del escudo a los gramáticos, quienes sí portaban la beca, “evitando el que salgan de compañeros de los mas antiguos, ni asistan asistan [sic] á las concurrencias publicas, si no quando la nececidad lo exigiere, lo que deberá graduar la prudencia del Rector”[7].

 

Aquí, caemos de repente al concepto del fiscal, Dr. Torres. Siendo García “un verdadero Gramatico de profesion” que no ha concluido dicho estudio, “no hà debido ni debe traer el escudo, y mucho menos preferir á los colegiales mas antiguos”. De la lectura concluimos que los estudiantes no debían cursar sino una materia a la vez y que Latinidad y Matemáticas coincidían en el horario. Juzga el uso del escudo un premio al mérito y un estímulo, que no debe anticiparse:

 

Entre unos jovenes ilustres, a quienes regularmente solo mueven sentimientos de honor y de virtud, un escudo de las armas de su fundador, que es el que trae el Colegio, vale lo mismo que en otras clases del estado un habito militar ò una insignia que dé à entender que el que la obtiene ha hecho progresos ya en su carrera y ha merecido bien de su Patria o del estado.

 

Concluye, entonces, que el uso de García es indebido, que debe perfeccionarse en latín, mientras pasa a Filosofía; sin dividir la atención “con otro [estudio] que pide absoluta dedicacion y tal vez la posesion perfecta de la lengua latina, si es que ha de entender los ilustres Matematicos; y aun los elementos clasicos de esta ciencia, como los del Volfio que se estudian en nuestras aulas, y que están escritos ò vertidos para nosotros en este idioma. Santafe 14 de junio de 1810”.
La carpeta se cierra, anacrónicamente, con la petición de los gramáticos de descartar el testimonio del preceptor de Latinidad, Diego Gómez, por ser director de la defensa del contrario.

 

*Todo el proceso puede seguirse en el repositorio institucional:

Reclamo de colegiales de gramática sobre preeminencias.
Reclamo de los estudiantes de gramática sobre preeminencias concedidas a Rafael García.
Expediente de resolución del reclamo sobre preeminencias otorgadas al colegial Rafael García.

 

[1] V.91 f.743.

[2] V.91 f.744v.

[3] V.17 f.119r.

[4] V.17 f.120r.

[5] V.17 f.124r.

[6] V.17 f.128v.

[7] Fechado en 2 de mayo; v.17 f.129r.