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CASOS DE CONSUMO, LIBRE COMPETENCIA, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONSTRUCCIÓN

Spa Providencia (Providencia)

providencia

Participamos de un proceso de acción de tutela que protegió el derecho de la comuniadad raizal a la consulta previa y a la preservación de su cultura, frente a la construcción de un complejo hotelero en la isla de Providencia.

La Problemática
En el año 2011, la Nación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Municipio de Providencia y Santa Catalina Islas deciden realizar el proyecto hotelero Spa en Providencia, sin el consentimiento previo de la comunidad raizal que vive en el territorio. Siendo el terreno en donde se adelantaba la construcción, considerada como una zona de protección ecológica en donde solo se pueden desarrollar actividades dirigidas a la conservación, investigación y educación ambiental.

Nuestra Labor
El GAP asesoró a la comunidad raizal para la presentación de una acción de tutela, con el fin de proteger el derecho fundamental a la Consulta Previa y a la Integridad cultural de los integrantes de la comunidad étnica raizal que habita la isla de Providencia. Posteriormente, el GAP intervino ante la Sala de Revisión de Corte Constitucional y desarrolló una estrategia de medios, se dio a conocer los derechos de la Comunidad Raizal como comunidad étnica.

Los Resultados
La Corte Constitucional, revocó el fallo en segunda instancia y ordenó el amparo y protección de los derechos fundamentales de la comunidad.

  • Ordenó Suspender las obras de “Spa Providencia”
  • Ordenó adelantar un proceso de consulta en orden a establecer la afectación que el proyecto puede causar en la integridad cultural, social y económica de las comunidades.
  • Ordenó al Municipio de Providencia abstenerse de permitir medidas administrativas en territorios habitados por raizales sin agotar el requisito de consulta previa.
  • Ordenó exhortar al Ministerio del Interior a capacitar a los integrantes de la comunidad raizal sobre los impactos del proyecto “Spa Providencia

El Limoncito - Pueblo Indígena Wayuú

limoncito

Presentamos una acción popular que defendio a la comunidad Wayuú del municipio de Maicao, frente a la construcción de lagunas de oxidación en su territorio, proyecto que no contó con consulta previa y que además afectó su salud y salubridad pública.

La Problemática
Con el fin de dar tratamiento a las aguas residuales, el Municipio de Maicao participó en un acuerdo para la construcción de lagunas de oxidación lagunas de estabilización, construcción que inició en el año 1986.
Donde se pretendía llevar a cabo las lagunas de oxidación se encuentran ubicadas comunidades indígenas Wayuú, con quienes no se realizó consulta previa del proyecto. Por otro lado, el vertimiento de aguas negras causó graves afectaciones a la comunidad, pues los pozos donde los Wayuu almacenaban aguas en tiempo de sequía se contaminaron con las aguas negras, generando serios problemas de salubridad.

Nuestra Labor
El GAP interpuso una acción popular por la violación de los derechos de la comunidad wayuu al medio ambiente sano, a la salubridad pública, a la diversidad étnica, al territorio, a la consulta previa y a la participación.
Como estrategia pedagógica, el GAP participó en la realización de capacitaciones dirigidas a la comunidad, con el fin de empoderar a esta comunidad sobre  sus derechos.

Los Resultados
El Tribunal Contencioso Administrativo de la Guajira conoció caso, este declaró al Municipio de Maicao y a Aguas de la Península S.A. E.S.P. directamente responsables por omisión, al no haber tomado las medidas necesarias frente a la vulneración de los derechos de los indígenas a causa de la laguna; así́ mismo, ordenó el cierre definitivo de esta y su inmediata reubicación. La Sentencia fue apelada, el Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, confirmó las órdenes de primera instancia el día dieciocho (18) de marzo de dos mil diez (2010).

Spa Providencia (Providencia)

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Participamos de un proceso de acción de tutela que protegió el derecho de la comuniadad raizal a la consulta previa y a la preservación de su cultura, frente a la construcción de un complejo hotelero en la isla de Providencia.

La Problemática
En el año 2011, la Nación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Municipio de Providencia y Santa Catalina Islas deciden realizar el proyecto hotelero Spa en Providencia, sin el consentimiento previo de la comunidad raizal que vive en el territorio. Siendo el terreno en donde se adelantaba la construcción, considerada como una zona de protección ecológica en donde solo se pueden desarrollar actividades dirigidas a la conservación, investigación y educación ambiental.

Nuestra Labor
El GAP asesoró a la comunidad raizal para la presentación de una acción de tutela, con el fin de proteger el derecho fundamental a la Consulta Previa y a la Integridad cultural de los integrantes de la comunidad étnica raizal que habita la isla de Providencia. Posteriormente, el GAP intervino ante la Sala de Revisión de Corte Constitucional y desarrolló una estrategia de medios, se dio a conocer los derechos de la Comunidad Raizal como comunidad étnica.

Los Resultados
La Corte Constitucional, revocó el fallo en segunda instancia y ordenó el amparo y protección de los derechos fundamentales de la comunidad.

  • Ordenó Suspender las obras de “Spa Providencia”
  • Ordenó adelantar un proceso de consulta en orden a establecer la afectación que el proyecto puede causar en la integridad cultural, social y económica de las comunidades.
  • Ordenó al Municipio de Providencia abstenerse de permitir medidas administrativas en territorios habitados por raizales sin agotar el requisito de consulta previa.
  • Ordenó exhortar al Ministerio del Interior a capacitar a los integrantes de la comunidad raizal sobre los impactos del proyecto “Spa Providencia

El Limoncito - Pueblo Indígena Wayuú

limoncito

Presentamos una acción popular que defendio a la comunidad Wayuú del municipio de Maicao, frente a la construcción de lagunas de oxidación en su territorio, proyecto que no contó con consulta previa y que además afectó su salud y salubridad pública.

La Problemática
Con el fin de dar tratamiento a las aguas residuales, el Municipio de Maicao participó en un acuerdo para la construcción de lagunas de oxidación lagunas de estabilización, construcción que inició en el año 1986.
Donde se pretendía llevar a cabo las lagunas de oxidación se encuentran ubicadas comunidades indígenas Wayuú, con quienes no se realizó consulta previa del proyecto. Por otro lado, el vertimiento de aguas negras causó graves afectaciones a la comunidad, pues los pozos donde los Wayuu almacenaban aguas en tiempo de sequía se contaminaron con las aguas negras, generando serios problemas de salubridad.

Nuestra Labor
El GAP interpuso una acción popular por la violación de los derechos de la comunidad wayuu al medio ambiente sano, a la salubridad pública, a la diversidad étnica, al territorio, a la consulta previa y a la participación.
Como estrategia pedagógica, el GAP participó en la realización de capacitaciones dirigidas a la comunidad, con el fin de empoderar a esta comunidad sobre  sus derechos.

Los Resultados
El Tribunal Contencioso Administrativo de la Guajira conoció caso, este declaró al Municipio de Maicao y a Aguas de la Península S.A. E.S.P. directamente responsables por omisión, al no haber tomado las medidas necesarias frente a la vulneración de los derechos de los indígenas a causa de la laguna; así́ mismo, ordenó el cierre definitivo de esta y su inmediata reubicación. La Sentencia fue apelada, el Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, confirmó las órdenes de primera instancia el día dieciocho (18) de marzo de dos mil diez (2010).