Normas claras a los límites del mar
Tres cuartas partes de nuestro planeta Tierra son agua (71 por ciento de su composición) y de esa gran masa de agua casi el 97 por ciento es salada. Eso significa que nuestro planeta es en su mayoría mares y océanos, un espacio rico en biodiversidad y en recursos vivos y no vivos esenciales para la supervivencia del hombre y determinantes para el desarrollo de la industria. Un espacio que permite la conectividad entre los diferentes continentes para comercio, turismo y estudio. Un espacio que por tanto requiere regulación internacional.
El Derecho Internacional del Mar es esa regulación que han ideado los Estados para poner normas claras a los límites y a la posesión de porciones de esos mares y océanos; sin embargo, no es suficientemente conocido debido a su reciente desarrollo, el cual data de comienzos del siglo pasado. Pensando en esa necesidad, un grupo de profesores y estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, durante casi cuatro años, se dieron a la tarea de estudiar y analizar las diversas fuentes del derecho internacional en este campo para presentar la regulación en el Tratado de Derecho del Mar, un documento de dos tomos y mil cuatrocientas páginas, que tiene el honor de estar en la colección de derecho internacional de la Biblioteca de la Organización de Naciones Unidas y que pronto también lo estará en las bibliotecas de la Corte Internacional de Justicia, el Tribunal Internacional del Mar, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la Corte Penal Internacional y en los centros de investigación más importantes del mundo.
“Con el tratado estamos proponiendo estudiar y analizar este complejo Derecho del Mar desde una perspectiva holística, con un lenguaje claro y asequible a todos. En ese sentido, no solo hicimos una relación normativa, buscamos que el estudioso del derecho, de la biología, de la ingeniería aplicable en el mar; así como los marinos, los funcionarios estatales, los particulares y los empresarios puedan acceder al mundo de la regulación existente. Algo muy pertinente por la necesidad de la comprensión del mar, entendiendo también que este Derecho del Mar ha sido un derecho de paz, al evitar controversias que pueden derivar en confrontaciones bélicas. Debemos entender que la adecuada utilización del mar es vital para el presente y futuro de la humanidad”, explica el profesor principal Juan Ramón Martínez Vargas de la Facultad de Jurisprudencia y director del Grupo de Investigación en Derecho Internacional.
Un comité científico de la Editorial Tirant Lo Blanch, integrado por catedráticos de universidades de Italia, España, Brasil, México, Alemania, Holanda y Estados Unidos, dieron sus sugerencias a este trabajo, que se erige como un referente en el derecho internacional, tal y como demuestran los debates que ha generado en diferentes espacios de la academia global en las principales universidades y centros de pensamiento de Argentina, México, Perú, Italia y España. A comienzos de 2017, los profesores Juan Ramón Martínez y Giovanny Vega, autores del libro y parte del grupo de investigación que los respalda, lo estarán presentando en Madrid (España) en lanzamiento oficial organizado por la Editorial Tirant Lo Blanch y en La Haya (Holanda), capital del derecho internacional.
El Derecho del Mar ha sido un derecho de paz, al evitar controversias que pueden derivar en confrontaciones bélicas
Importancia del Tratado del Mar
Juan Ramón Martínez Vargas, profesor de Derecho Internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, explica la trascendencia de la labor de investigación que se realizó:
¿Por qué es tan importante este tratado?
Por la importancia que tiene mirar hacia el mar desde el variopinto universo de posibilidades que su inmensidad ofrece, ya sea desde las ciencias naturales o sociales, y en estas últimas, en lo que a nosotros concierne, desde el derecho. Este es un tema sensible, pues lamentablemente en diferentes lugares del planeta y particularmente en los países del llamado Tercer Mundo, no se ha asumido con seriedad la comprensión de lo que implica la explotación del mar, tanto en sus recursos vivos como no vivos (hidrocarburos y minerales), la necesidad de su delimitación, así como la obligación de protegerlo, de allí deriva la necesidad de conocer tantos los derechos como las obligaciones que en los mares, océanos y fondos marinos se tiene.
Esta lectura cobra sentido al provenir de un país como Colombia, que ha mirado más al interior y no ha aprovechado las costas sobre sus dos océanos. La falta de inversión en nuestras costas, así como tímidas e ineficaces políticas públicas, han permitido que nuestro mar, no obstante los ingentes esfuerzos de la Armada, sea navegado por diferentes formas de criminalidad; que se exploten nuestros recursos de forma inadecuada; que no tengamos puertos suficientes y adecuados para aprovechar nuestra geoestratégica ubicación y que el Pacífico tenga niveles de pobreza inconcebibles y vergonzantes. El hecho que no seamos Estado Parte de la Convención del Mar al no entenderla es muy diciente. Por todo esto y mucho más resulta fundamental que desde la academia se ofrezca un espacio de discusión y análisis juicioso frente a esta deleznable realidad.
Buscamos que desde el rigor científico, técnico y jurídico se entienda todo lo que se ha avanzado en el Derecho Internacional del Mar, que es un derecho nuevo y trascendente, es por eso que se pensó en una construcción desde una óptica global, no regional, no nacional. Una construcción que permitiera una lectura desde diferentes perspectivas y que pueda ser de utilidad en cualquier rincón del planeta.
¿Qué es el Derecho del Mar y cuál es su relevancia?
Surge de la necesidad del hombre, cuando se organiza en estructuras sociales complejas, de tener acceso al mar, de controlarlo, explotarlo y navegarlo. El mar es visto como fuente de recursos, pero también como una vía de comunicación para conectarse con otros lugares, posibilita la explotación más allá de la alimentación, al encontrarse recursos no vivos, como hidrocarburos y minerales. Pero hoy en día entendemos que es mucho más, que el planeta funciona gracias al delicado equilibrio que sus mares y océanos permite; en otras palabras termina siendo un tema fundamental para el desarrollo de la civilización, para la subsistencia de la humanidad y para la existencia de nuestro planeta.
Ante esa necesidad de apropiación, explotación, navegación y protección aparece la regulación en el marco de derechos y obligaciones. Es un derecho esencial para el derecho internacional contemporáneo.
¿Eso significa que existen diferentes tipos de Derecho del Mar?
Podríamos decir que no existe un derecho del mar plano sino multidimensional. El libro atiende a esa realidad y por ello está divido en dos partes para atender los diferentes matices con los que cuenta esta disciplina: La primera aborda un derecho del mar general en donde se busca entender la distribución que se hizo en la Convención del Mar a partir de la segmentación de los derechos soberanos que tiene cada Estado sobre el mar, verbi gratia aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, plataforma continental o la ausencia de apropiación como sucede en la altamar y en sus fondos marinos.
La segunda parte es derecho especial, con temas más específicos y muy complejos como: delimitación, estrechos, canales, situación del Ártico y Antártico, cambio climático. Es un universo de muchos temas que, por supuesto, termina siendo inacabado. Por ello el libro tiene un componente histórico que permite entender la evolución paulatina sobre el desarrollo del Derecho del Mar. Trata costumbres regionales, universales y luego, sobre todo a partir de 1958, la nueva regulación, específicamente en 1982 la Convención del Mar, cuando se logra construir un instrumento universal, sin desconocer la existencia de diferentes acuerdos en distintas partes del planeta.
En los países del llamado Tercer Mundo, no se ha asumido con seriedad la comprensión de lo que implica la explotación del mar, tanto en sus recursos vivos como no vivos.
Colombia, ¿uno de los países que ha dado la espalda al mar?
El profesor Juan Ramón Martínez Vargas, experto en Derecho Internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, habla sobre las principales conclusiones del estudio sobre la regulación internacional del mar:
Al hacer este trabajo tan exhaustivo, complejo y profundo, ¿qué conclusiones generales tiene sobre lo que está pasando con el Derecho del Mar?
En primera instancia, que no obstante ser un derecho muy desarrollado, aún se tiene mucho por hacer. Es claro que existen muchos vacíos en la normativa, vacíos que han sido asumidos por vía de creación jurisprudencial, específicamente por la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Mar, pero sigue sin ser suficiente.
Otro punto es el desconocimiento de este derecho. En muchos lugares del planeta, nuestros gobernantes se resisten a entender esta regulación y eso deriva en inconvenientes como afectan sus derechos soberanos. Entendemos que para muchos países, incluido Colombia, este debe ser un tema estratégico fundamentado en su política pública. No sucede en nuestro caso, en otros Estados sí sucede, aunque de forma parcial como en Argentina desde donde realizamos esta entrevista, república que ha logrado avances importantes en delimitación en medio de diferendos limítrofes por solucionar. Lo que deriva este análisis es que debe existir una política pública prioritaria sobre el mar, en donde lo regulatorio debe ser muy importante.
Por otro lado, es también interesante ver que el Derecho del Mar permitió la construcción de otras figuras jurídicas en otros ámbitos del Derecho. El Derecho Aeronáutico se estructuró a partir de muchas figuras jurídicas que comenzaron en el Derecho del Mar, el Derecho del Espacio Ultraterrestre y los Cuerpos Celestes, para su desarrollo requiere asumir propuestas regulatorias provenientes del Derecho del Mar y que es tema de nuestra siguiente investigación. Entonces entender esa conexidad del Derecho del Mar con el derecho internacional general es relevante.
Usted ha señalado que Colombia es uno de los países que ha dado la espalda al mar y desconoce el Derecho del Mar, por qué lo dice.
El caso colombiano es un buen referente de lo que es la inadecuada utilización del mar. Teniendo dos costas a los dos océanos solo miramos hacia el Caribe. El Pacífico está absolutamente abandonado, hay algo muy diciente y es que cuando se hizo la Cumbre del Pacífico (2014) a la que asistieron representantes de diferentes Estados con costas en el Pacífico para mirar las posibilidades comerciales, de navegabilidad, de lo que implica la conexión con Asia y Oceanía, no se hizo en el Pacífico, se hizo en Cartagena.
La ciudad más importante del Pacífico es Buenaventura, que es puerto; no obstante ser trascendente para la economía está absolutamente abandonado. En general, las costas al Pacífico de los departamentos colombianos están abandonadas, es el caso de las costas choacana, caucana, nariñense y del Valle. Miramos siempre al interior y ante ese abandono existe la explotación ilegal de otros estados que hacen explotación de pesca y utilizan esta zona del país para el narcotráfico y el tráfico de personas.
El país desconoce el derecho y eso deriva en decisiones adversas de tribunales internacionales como lo sucedido en la sentencia del 19 de noviembre de 2012 ante la demanda presentada por Nicaragua; al no conocerse el derecho se interpreta mal y se producen estos resultados, recordemos que estamos en medio de Litis ante reclamación de dicho Estado centroamericano por porciones de plataforma continental extendida, sin hablar de la presentada por supuesto incumplimiento.
Así que es un tema sensible, delicado. Colombia debería ser una potencia de mar y por desidia pretérita y presente estamos muy lejos de serlo. En contraposición nuestros vecinos sí han entendido la importancia del mar y pelean por su reivindicación y protección.
¿Cómo cuáles?
Chile, Ecuador, Perú y Brasil son potencias marítimas mundiales en la extracción de recursos vivos, pesca, y no vivos como hidrocarburos, porque han asumido una política de mar muy seria. Han tenido controversias de delimitación, pero han buscado mitigar el impacto, como por ejemplo de sentencias, es el caso de la que hace poco hizo la Corte Internacional de Justicia entre Chile y Perú. Los dos países se sentaron, hicieron acuerdos y miraron la posibilidad de una explotación conjunta. Países en vía de desarrollo, como ellos, han entendido que su desarrollo será gracias al mar.
¿Qué son la Corte Tribunal de Justicia y el Tribunal del Mar?
La Corte Internacional de Justicia fue creada en 1945, en el marco de la creación de la Organización de Naciones Unidas, ya tenía un antecedente que fue el Tribunal Permanente de Justicia Internacional (TPJI), creado en 1921 en el marco de la Sociedad de Naciones. Eso es importante entenderlo porque muchos de los Estados que eran parte del TPJI, luego siguen siendo parte de la Corte Internacional de Justicia, como es el caso de Colombia. Es un tribunal muy importante porque es la máxima instancia de decisión judicial en la Organización de Naciones Unidas, en donde se somete la jurisdicción de los Estados a través de cuatro vías: la jurisdicción voluntaria, los estados libremente van; la jurisdicción obligatoria, a través de tratados que obligan a llevar los temas; la jurisdicción mixta, que es la cláusula facultativa opcional de jurisdicción donde los estados van voluntariamente a obligarse a la jurisdicción de la Corte, pueden estar hasta donde ellos quieran en esa obligación y una cuarta, que es desarrollada jurisprudencialmente que es Forum Prorogatum. Este tribunal es la máxima instancia que dirime las controversias que por la aplicación del derecho internacional puedan tener los Estados, es un foro muy activo, cuya sede se encuentra en el Palacio de la Paz en La Haya, en Países Bajos, la capital del derecho internacional.
Por otro lado, el Tribunal del Mar, que fue creado en el marco de la Convención del Mar de 1982, conocida como la Convención de Jamaica o Convemar, entró en vigencia en 1994 y decidió incluir un tribunal propio para dirimir las controversias entre los Estados que son parte de la convención. Eso es determinante, Colombia no es parte de la Convención del Mar y por tanto no puede acceder a ese tribunal, es la máxima instancia internacional y tiene su sede en Hamburgo (Alemania). Debemos mencionar con orgullo que el Prólogo del Tratado lo realizó el Honorable Juez de este Tribunal, Alonso Gómez-Robledo.
Finalmente, ¿qué destaca de esta investigación?
La manera en la que se construyó. Se trabajó a partir de la conformación de un proyecto de investigación sobre Derecho del Mar que lideramos con el Profesor Giovanny Vega Barbosa, reputado internacionalista y motor de este barco, al que se integraron alumnos y egresados brillantes de la Universidad del Rosario que trabajan y aman el derecho internacional.
Cada uno de ellos hizo un aporte valioso al libro que resulta vital destacar: María Angélica Pulido, quien realizó un estudio magnífico sobre la historia del derecho del mar, estrechos y canales; Angélica María Gutiérrez, que con disciplina y rigor asumió la investigación sobre temas tan complejamente técnicos como lo son líneas base, mar territorial y aguas interiores; Daniela Almario Aristizabal realizó la investigación más completa a la fecha realizada sobre La Altamar, a la vez de trabajar decididamente como asistente de esta investigación; Ángela Schembri Peña llevo a cabo un juicioso estudio sobre las implicaciones de cambio climático; Steffany Serebrenik Beltrán, María Camila Aponte y Daniela De Zubiría aportaron en la investigación de la parte especial del Tratado, junto con Juan Camilo Piñeres que trabajo Antártico y Sergio Díaz que desarrolló un importante análisis sobre fondos en el altamar.
Este proyecto se hizo realidad gracias al trabajo de estudiantes rosaristas muy comprometidos con la Escuela de Derecho Internacional, sin ellos no hubiese sido posible. Creo que lo verdaderamente destacable es demostrar el nivel de la academia colombiana, que ya no piensa en lo local, dejando de lado el parroquialismo, para pensar en aportes desde lo universal, utilizando fuentes del más alto nivel gracias a la base de datos de la universidad, que con orgullo podemos decir cuenta con una de las mejores bibliotecas de derecho internacional en el mundo.
Colombia debería ser una potencia de mar y por desidia pretérita y presente estamos muy lejos de serlo.
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