En el caso colombiano, y según el último estudio del Observatorio Global del Desplazamiento Interno en Colombia, el año pasado había aproximadamente 4.9 millones de personas desplazadas internamente como consecuencia del conflicto armado. Este número, reportado por el Gobierno Nacional, se basa en el Registro Único de Víctimas (RUV) que cuenta con un triste y penoso acumulado de casi 8.1 millones de desplazados desde 1985 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Para la profesora de Filosofía Beira Aguilar Rubiano, de la Escuela de Ciencias Humanas de la Universidad del Rosario, el deber de reparar al campesinado desplazado y a otras víctimas del conflicto interno pasa primero por una adecuada comprensión de los daños que han sufrido. Su trabajo doctoral se enfocó en procurar un marco conceptual que pueda servir como herramienta a las comunidades e instituciones para orientar el reconocimiento de los daños y la reparación con vistas a la recuperación de las formas de vidas en el campo que tienen razones para valorar.
En su trabajo como investigadora del Grupo de Investigación Ética Aplicada, Trabajo y Cambio Social, Aguilar venía trabajando en temas de justicia transicional y ciudadanía. Es a partir de dicho trabajo que surge su disertación doctoral:‘Vidas Dañadas y Sentidos de la Tierra. La Reparación a Víctimas Campesinas desde el Enfoque de las Capacidades’, realizada en Tilburg University (Países Bajos), la cual contó con el apoyo de Colciencias y de la Universidad del Rosario.
El trabajo de investigación, que culminó en el 2020, abordó los problemas y limitaciones que emergen de la forma paradigmática en la que se entiende la reparación como herramienta de la justicia transicional para responder a los daños que produce el despojo y el desplazamiento en personas y comunidades campesinas. A partir de ello, propone una ruta desde el enfoque de las capacidades para ampliar el horizonte de comprensión de estos daños.
En las últimas décadas, la Justicia Transicional ha girado de una perspectiva centrada en el castigo a los perpetradores a prestar cada vez mayor atención y con un mayor énfasis hacia la reparación de quienes sufrieron los daños. La categoría de víctimas aparece con fuerza en los procesos transicionales, junto con la creación y consolidación de una serie de mecanismos y herramientas para atender a su reparación. A pesar de este énfasis, lo que se evidencia en las distintas experiencias transicionales es una gran dificultad por responder a los daños, más aún cuando hablamos de sociedades con históricas y profundas asimetrías sociales, económicas y políticas.
Tanto en el caso colombiano como en otras experiencias transicionales, el asunto de la inequitativa distribución de las tierras constituye un eje central tanto del conflicto concreto que se busca superar como de la historia de las injusticias estructurales que se entrelazan con éste. Colombia es un país en el que el desplazamiento forzado de campesinos ha sido una constante. Dicho desplazamiento ha conllevado tanto el despojo de las tierras de las que eran dueños como la expansión del fenómeno de un campesinado sin tierras. Junto a esta violencia, la vida campesina en muchas regiones del país ha estado atravesada por la precariedad, la exclusión y la marginación.
Con la Ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, se busca reconocer, atender y reparar a las víctimas el conflicto en Colombia. Esta es una importante herramienta jurídica; sin embargo, es insuficiente para encarar el deber de la reparación. A través de ella se reconoce con la categoría de víctima a las personas que hayan sufrido daños por hechos posteriores al 1 de enero de 1985. En relación con el despojo y abandono forzado de las tierras, la ley establece el derecho a la restitución cuando los hechos ocurrieron después del 1 de enero de 1991.
Tanto el reconocimiento legal como el posicionamiento de la justicia transicional y de sus mecanismos a nivel internacional han permitido dotar de un lenguaje particular la experiencia de quienes han sufrido el desplazamiento forzado y el despojo de tierras del que antes no se disponía. “Mis abuelos, quienes tuvieron que salir del campo hacia la ciudad en la época de la violencia, abandonando sus tierras y su modo de vida campesina, jamás se pensaron como víctimas ni como desplazados o despojados con un derecho a ser reparados. No disponían de este lenguaje particular para nombrar su experiencia, por lo que en su horizonte de comprensión no aparecía una dimensión jurídica que definiera un derecho”, comenta la investigadora, Beira Aguilar, también vinculada al Centro de Formación en Ética y Ciudadanía (Phronimos) de la Universidad del Rosario.
Y añade: “La ausencia de un lenguaje jurídico hace que otros lenguajes sean usados para leer las propias experiencias. Pero también, la presencia de categorías jurídicas, con las que podemos narrar la experiencia, dota al mundo de sentido. En ese sentido, comenzó a interesarme mirar el asunto de la tierra desde la forma en que aparece en el lenguaje jurídico. La tierra aparece tipificada en el derecho civil colombiano como un objeto diferente y externo al sujeto sobre el cual éste puede ejercer dominio, uso, usufructúo, y esta manera de nombrarla y tipificarla empezó a reducirla a una cosa, a un recurso con un valor económico e instrumental”.
Si se concibe la tierra en un sentido meramente económico, es comprensible considerar que, al no poder restituirse ni devolverse a sus dueños, se puede compensar con dinero o con otra propiedad. Esta cosificación de la tierra en la forma de título de propiedad impide considerarla como un bien singular con un valor muy especial para el campesinado que “allí desarrolla un saber, por ejemplo, sobre cómo tratarla y trabajarla, una identidad y una forma de vida que no está separada de la tierra. Además de los sentidos que cobra la tierra para el campesinado, es imperioso que como sociedad expandamos nuestra consideración sobre ella para afrontar la crisis climática y ecológica que atravesamos”, dice la académica.
El curso tuvo una duración de cinco semanas en el que los estudiantes tuvieron la oportunidad de tratar asuntos como: construcción de sexo y género, estereotipos de género, tipos de violencia de género y reglamentación colombiana sobre el tema.
Una ruta para promover la justicia
La tesis de la investigación apunta a reconocer que, en relación con el desplazamiento forzado y despojo del campesinado, los daños no pueden reducirse a la pérdida de una cosa, el título de propiedad, sino que están estrechamente relacionados con la pérdida de valor de las formas de vida campesina constituidas a su vez por múltiples sentidos de la tierra. En ese sentido, habrá mucho que no puede ser reparado. Hay, sin embargo, un deber de reconocerlo y recordarlo como una deuda que nos implica un compromiso permanente: el de garantizar que no vuelva a repetirse y el de procurar las condiciones para que la vida campesina pueda emerger como una oportunidad real de vida decente. “Tenemos una responsabilidad como ciudadanos sobre los gobiernos que elegimos. La ley siempre se va a quedar corta, por lo que hay que entender que este no es solo un proceso jurídico, sino también político y ético”, anota la profesora.
En su tesis doctoral, Aguilar propone una ruta con cuatro momentos que pueda servir de orientación a las comunidades y sociedades para la comprensión de los daños usando el enfoque de las capacidades propuesto por el Premio Nobel de Economía en 1998, Amartya Sen. Metodológicamente es necesario precisar que esta es una investigación filosófica y que no se realizó un trabajo de campo directo con las víctimas, sino que se analizaron los testimonios que se encuentran en los informes del Centro Nacional de Memoria Histórica titulados ‘Campesinos de tierra y agua’ y que recoge la experiencia del campesinado en Sucre, Magdalena y Córdoba.
A través de los conceptos de funcionamientos, capacidades, bienestar, agencia y factores de conversión, los cuatro momentos de la ruta se enfocan en las formas de vida, de ser y de hacer, que se han visto afectadas en las personas que han sido obligadas a abandonar un bien como la tierra y el territorio. Desde las voces de quienes han sufrido los daños, la ruta amplía el horizonte de comprensión requerido para pensar modos más justos de reparación que apunten a la recuperación de formas de vida campesinas esperanzadoras.