En febrero de 2018, después de varios meses de vaivenes, el Consejo de Estado revocó la orden de crear las 16 curules transitorias de paz para las víctimas del conflicto armado. Un hecho que, en concepto de los investigadores Laura Ordóñez Vargas y Douglas Rodríguez, de la Escuela de Ciencias Humanas de la Universidad del Rosario, constituye un claro ejemplo de que en Colombia sigue primando la definición de justicia asociada con la privación de libertad en cárceles.
“Al final, el argumento de los detractores a la creación de nuevas curules para las víctimas fue el aparente favorecimiento que esto implicaría para los excombatientes de las Farc, situando a las víctimas en el lugar de los victimarios y con esto revictimizándolas (al no cumplir lo acordado y al equipararlas con los excombatientes). El mensaje que esto comunica es que, una vez más, las víctimas no son centrales en la definición de justicia, contrariamente a los principios de los modelos restaurativos de justicia. En nuestro país, en el discurso normativo, las víctimas son ‘políticamente correctas’, pero en la práctica falta mucho camino por recorrer”, asegura la profesora Ordóñez Vargas, doctora en antropología e investigadora principal del estudio titulado Justicia Restaurativa en contextos transicionales en Colombia: herramientas analíticas y metodológicas de reflexión y aplicación.
El caso de las curules de paz ejemplifica muy bien lo que los académicos y el resto del equipo han ido descubriendo en casi año y medio de investigación: “Colombia todavía no está preparada para la Justicia Restaurativa porque en nuestra cultura continúa arraigada una obsesión por la idea de la prisión como única expresión de hacer justicia y por la privación de libertad como mecanismo privilegiado de control del delito”. Así mismo, a pesar de que la Nación cuenta con normas desde hace 13 años que han incorporado el concepto de Justicia Restaurativa, esta se aplica de manera muy tímida, toda vez que no existen metodologías para hacerlo y mucho menos indicadores para evaluar su efectividad.
Los resultados finales se conocerán a mediados de 2018, después de que los investigadores terminen de realizar varias tareas en curso que se sintetizan en: análisis de documentos (académicos, jurídicos e institucionales, nacionales e internacionales) sobre prácticas y procesos restaurativos articulados a contextos de transición; trabajo de campo en el marco de algunas experiencias nacionales que tienen componentes de Justicia Restaurativa y aplicados en escenarios transicionales como centros de reclusión para jóvenes y adultos, colectivos de víctimas y tribunales de Justicia y Paz, y revisión de la nueva institucionalidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (jep), entre otras.
Los investigadores afirman sobre las limitaciones metodológicas en el mapeo de las experiencias restaurativas en escenarios de transición, que existen algunas que no se definen bajo la impronta de lo restaurativo, aunque contengan varios de los principios que definen esta forma de pensar la justicia o, por el contrario, que se autodenominan como experiencias restaurativas sin serlo.
“Colombia todavía no está preparada para la Justicia Restaurativa porque en nuestra cultura continúa arraigada una obsesión por la idea de la prisión como única expresión de hacer justicia y por la privación de libertad como mecanismo privilegiado de control del delito”, dice la investigadora Laura Ordóñez.
LOS ESCENARIOS DEL ESTUDIO
A diferencia la justicia ordinaria (Retributiva), que busca principalmente castigar al ofensor y no considera a la víctima como parte del proceso penal, la Justicia Restaurativa tiene la finalidad de que el ofensor se haga responsable por sus actos y repare a la víctima, para lo cual ella debe ser central en el proceso. Los investigadores encontraron que las experiencias de Justicia Restaurativa en contextos transicionales comienzan a darse en el país de manera posterior a la implementación de la Ley 975 de 2005 o “ley de justicia y paz” y desde entonces se dan extremos de tensión, suscitados por quienes consideran que la Justicia Restaurativa propicia la impunidad y vulnera los derechos de las víctimas y, por tanto, abogan por una Justicia Transicional con Justicia Retributiva; y quienes buscan hacer un balance entre verdad, justicia y paz.
“Decidimos entonces ir a los escenarios de Justicia Transicional donde se estaba aplicando la Justicia Restaurativa y llegamos al patio de Justicia y Paz de algunas cárceles en Colombia, específicamente en Palmira, con quienes fueron miembros del antiguo bloque Calima, autores de la masacre del Naya, en el Cauca. Además, tuvimos la posibilidad de compartir la experiencia de cómo el Ministerio de Justicia ponía a andar al interior de la cárcel una iniciativa formativa y cómo los presos la recibían”, señala Rodríguez.
De esa manera, los investigadores encontraron que para una buena cantidad de presos (exparamilitares) esos componentes de Justicia Restaurativa que se pretendieron poner en los esquemas normativos dentro de la ley de Justicia y Paz fueron para ellos ritualidades que no tuvieron sentido en la vida práctica y básicamente les sirvieron para moverse dentro de los procesos.